viernes 26 de abril de 2024 18:32:48

REFORMA POLITICA: Ni Perón, ni Evita, ni Alfonsín, ni Kirchner podrán estar en las boletas

El decreto 444, que reglamentó la Reforma Política, estableció que en las boletas “sólo” se podrá incluir imágenes de candidatos. La oposición entiende que se prohíbe la utilización de otro tipos de fotos. Desde el Gobierno explicaron que la norma no alude al encabezado. Un histórico fallo de Cámara habilitó el uso de las fotos de Perón y Evita

La redacción del decreto 444, publicado hoy, generó la primera polémica entre los partidos. Su interpretación podría transformarse en el primer dolor de cabeza para la Justicia electoral.

Sucede que la norma indica que “sólo podrán insertarse fotografías de candidatos o candidatas, en colores o en blanco y negro, las que se ubicarán en el tercio central de la boleta” y “no podrán utilizarse imágenes como fondo ni sello de agua”.

Desde la oposición entienden que el articulado prohíbe entonces la utilización de imágenes de personas que no sean candidatas.

De ser esta la interpretación correcta, deberán quedar en el camino las aspiraciones de quienes pretendían utilizar las imágenes de Juan Domingo Perón, Eva Perón, Ricardo Alfonsín (UCR) y Néstor Kirchner (FpV) en sus boletas como símbolo de identificación política.

El diputado del Peronismo Federal Gustavo Ferrari explicó a Infobae.com que la palabra “sólo” que figura en el decreto es “excluyente” y no deja lugar a dudas para interpretar que no se podrán incluir fotos de personas que no sean candidatos en las boletas.

“Además, hay una referencia directa a imágenes y sellos de agua. Las únicas fotos permitidas son las de candidatos; ni Perón, ni Evita, ni Kirchner, ni (Raúl) Alfonsín”, detalló.

Sin embargo, fuentes oficiales que trabajaron en la redacción de los decretos explicaron a Infobae.com que la norma sólo alude al “tercio central de la boleta”.

De este modo, los partidos continuarían habilitados a utilizar imágenes de otras figuras en el encabezamiento, siempre y cuando la Justicia electoral lo habilite.

Hasta hoy, distintos espacios políticos apelan a grandes referentes históricos en sus sellos partidarios. El caso más emblemático es el del Partido Justicialista, que suele acompañar su nómina de candidatos con las caras de Perón y Evita, sobre todo en el interior del país.

Es más, existe un histórico fallo de Cámara que habilitó la utilización de las imágenes de Perón y Evita, criterio jurisprudencial que no cambiaría para las próximas elecciones, según confían en el justicialismo.

Algo similar suele suceder con algunos partidos de izquierda, que tambien acostumbraron a utilizar el ya mítico retrato de Ernesto “Che” Guevara, tal como se puede ver en la imagen adjunta.

Otros requisitos
En el artículo 1º del decreto 444 se establece que el papel de las boletas “deberá ser tipo obra de 60 gramos o un papel sustituto de similar calidad y apariencia con un gramaje que no difiera, en más o menos, del 15%; en el anverso podrá tener fondo del color asignado y en el reverso deberá ser blanco”.

En tanto, la tipografía “será de color negro o blanco” para garantizar la mejor legibilidad de la identificación partidaria y de la nómina de los candidatos, aunque también “puede utilizarse tipografía del color asignado sobre fondo blanco”.