REFORMA DEL BCRA: ENTRE EL CANDADO MONETARIO Y EL DEBATE POR SU FRAGILIDAD JURÍDICA E INSTITUCIONAL
Especialistas y expresidentes de la entidad advierten que una ley ordinaria no garantiza permanencia frente a futuros gobiernos y cuestionan la eliminación de herramientas clave para enfrentar crisis severas.
Periodismo que analiza el poder real. Apoyá nuestra labor. Alias: MULTIMEDIOS.PRISMA
El envío al Congreso de la Nación del proyecto de reforma de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina (BCRA) reabrió un profundo debate técnico e institucional sobre los alcances y la sustentabilidad de la medida.
Mientras el Poder Ejecutivo sostiene que la iniciativa busca poner un «candado» definitivo a la emisión monetaria para financiar el déficit fiscal, diversos economistas y constitucionalistas señalan las limitaciones estructurales de la propuesta.
Uno de los principales ejes de discusión radica en la jerarquía jurídica de la norma.
Al tratarse de un proyecto de ley ordinaria, la reforma puede ser modificada o derogada por una mayoría parlamentaria simple bajo un administración de distinto signo político.
A diferencia de países de la región como Chile o Perú, donde la autonomía de la autoridad monetaria y la prohibición de asistir al Tesoro están consagradas en la Constitución Nacional o protegidas por leyes orgánicas de cuórum calificado, la propuesta argentina carece de un blindaje constitucional que le otorgue estabilidad a largo plazo.
Por otra parte, exautoridades del BCRA advierten sobre los riesgos de imponer una rigidez extrema en el mandato de la institución. Modelos como el de la Reserva Federal de los Estados Unidos (Fed) operan con un «doble mandato» que contempla tanto la estabilidad de precios como la preservación del empleo y el crecimiento económico.
Este esquema otorga flexibilidad para actuar como prestamista de última instancia e inyectar liquidez ante emergencias globales o recesiones profundas.
La eliminación de cualquier función vinculada al desarrollo y el establecimiento de sanciones penales por emisión abren un interrogante sobre la capacidad de respuesta del Estado argentino frente a eventuales shocks externos.
En consecuencia, el debate parlamentario no solo girará en torno a la disciplina fiscal, sino también sobre la viabilidad de sostener reglas monetarias inflexibles en una economía sujeta a volatilidades recurrentes.