viernes 26 de abril de 2024 05:09:15

JUSTICIA: ORDENAN LA EXCARCELACIÓN DEL ABOGADO STINFALE EN LA CAUSA TIME WARP

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Los camaristas revocaron las prisiones preventivas al considerar que “ya no existen riesgos procesales de entorpecimiento”, pero confirmaron los embargos de los imputados por 50 millones de pesos

La Cámara Federal  ordenó hoy  excarcelar al abogado Víctor Stinfale, al empresario Adrián Conci, el  apoderado Carlos Garat  y a otros tres procesados en la causa que  investiga la muerte de cinco jóvenes por consumo de drogas  sintéticas durante la fiesta electrónica Time Warp.

La Sala II de la Cámara Federal  confirmó los procesamientos de  los acusados, pero revocó las prisiones preventivas al modificar  la calificación del delito de “comercio de estupefacientes y  abandono agravado de persona seguido de muerte” a “facilitación del  lugar para el consumo y venta de estupefacientes, homicidio culposo y  lesiones graves culposas”.
La decisión del tribunal benefició a Stinfale, que cumplía  arresto domiciliario, al presidente de Dell Producciones Adrián  Conci, a los apoderados de la firma Carlos Garat  y Máximo Avila, al  encargado de seguridad Carlos Penise y a Martín Gontad, uno de los  organizadores de la fiesta electrónica.

Los camaristas revocaron las prisiones preventivas al  considerar que “ya no existen riesgos procesales de entorpecimiento”, pero  confirmaron los embargos de los imputados por 50 millones de  pesos.

La causa investiga la muerte de cinco jóvenes por consumo de  drogas sintéticas durante la fiesta electrónica de la noche del 15  de abril en el Complejo Costa Salguero.

El juez federal Sebastián Casanello, a cargo de la  investigación, los había procesado por “comercio de estupefacientes agravado  y abandono de persona seguido de lesiones y muerte”, pero los  camaristas Eduardo Farah y Martín Irurzun entendieron que ese delito  requiere un dolo que en el caso no está probado.

“Los responsables de la organización quebrantaron sus  obligaciones con el objetivo de obtener el mayor rédito posible,  limitándose a cubrir en teoría -es decir, para la cantidad de asistentes  declarada- los requerimientos formales que se exigían para su  habilitación”, sostuvieron en el fallo.

Los camaristas consideraron que en el fallo que “se ha  acreditado que el personal de seguridad contratado -formal e  informalmente-, fue designado para actuar en los lugares periféricos a efectos  de controlar -y contabilizar- el ingreso, mas ninguno estuvo  destinado a monitorear cuanto ocurría en el interior donde se  encontraban, precisamente, los concurrentes”.

“La ausencia -o silencio- de todos los que debían velar por el  normal desarrollo es, a criterio del Tribunal, demostrativo de  que la voluntad nunca estuvo dirigida a proteger a los concurrentes,  finalidad a la que tiende la regulación administrativa al exigir,  entre otras, la presencia de personal de seguridad, médicos,  socorristas y bomberos”, dijeron.

Por el contrario, se dirigió a “cubrir exclusiva y  excluyentemente las exigencias particulares de una parte importante del  mercado como vehículo para garantizar el éxito económico del evento:  proveer un ambiente donde la venta y el consumo de estupefacientes  se desarrollara sin inconvenientes”, aseveraron.

En la causa, el juez Casanello procesó también como  “partícipes necesarios” de la venta de estupefacientes y abandono de persona  seguido de muerte a cinco funcionarios porteños de la Agencia  Gubernamental de Control, a cargo de la habilitación del lugar, y a  26 agentes de Prefectura Naval Argentina contratados para hacer  tareas adicionales en la fiesta. Fte-El Día

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