HAY JUECES VALIENTES QUE SE ATREVEN A SANCIONAR LA TEMERIDAD Y MALICIA JUDICIAL DEL GOBIERNO
Por el reconocido Abogado Dr. Juan José Guaresti (nieto). Las causas judiciales contra el gobierno cuando éste debe pagar con bonos, según la experiencia del suscripto, tienen dos etapas: La primera es el pleito en sí mismo, donde aparte de verter mentiras y defender actos indefendibles, el gobierno, por lo menos, conserva los buenos modales. Si el particular gana un juicio, comienza un verdadero “via crucis” para el vencedor que intenta-como es lógico, percibir el fruto de su victoria. Esta etapa puede durar mucho mas que la precedente y, en su trámite, ocurrir cualquier cosa porque los argumentos mas disparatados van a ser interpuestos por el gobierno, de manera que el tiempo transcurra y el cliente se muera o desaparezca el abogado o la defensa se haga materialmente imposible por falta de recursos para afrontarla. El gobierno sabe que su capacidad para aguantar no tiene límites, lo que no ocurre con los demandantes. En la presente situación de nuestro Poder Judicial, cada incidente que articule el gobierno, sea cual fuere su resultado, entre primera y segunda instancia, exige por lo menos un año de trámite, lo que paraliza la posibilidad del cobro por ese lapso. Cuando ese incidente termina, gane quien gane, para el gobierno es lo mismo porque el objeto que perseguía, o sea ganar tiempo, lo alcanzó. Si con el incidente le fue mal, no le importa nada porque hace otro planteo en el pleito y se sigue litigando sin término. La estrategia del gobierno es de refinada crueldad: Busca demostrarle a los audaces que se atrevieron a contratar un abogado que los defienda, que si este gana el juicio, van a estar peor que si lo perdiera. En este último caso, la experiencia indica que los gastos y la angustia se acaban. Si lo gana, en cambio, tiene que seguir padeciendo. En nuestro medio la garantía constitucional de la defensa en juicio, cuando se trata de litigios contra el Estado, es, en muchísimos casos, una burla mas. Vease lo que les ocurre a los jubilados de 80/90 años o mas que ganaron juicios y no se los pagan. El hecho que a una persona de avanzada edad no se le pague un juicio cuando tiene sentencia judicial a favor, para el autor de este trabajo, debería tratarse en sede criminal.
NUESTRO GOBIERNO ES QUERULANTE:
El actual gobierno es querulante, palabra que significa “pleitista”: Adora los pleitos porque es una forma de no pagar y postergar el cumplimiento de sus obligaciones muchos años. Esto es vital porque el dinero que cobra por impuestos que en la medida actual, son verdaderas exacciones, no le alcanza. Ha tirado esos recursos a manos llenas, nombrando empleados realmente inútiles por su escasa preparación y realizado una administracion desastrosa, lo que lo ha llevado a acumular déficits impresionantes. Objetivamente se puede decir que los recursos corrientes son insuficientes lo que ha forzado al gobierno a imaginar algunas alternativas imposibles de aceptar pero vigentes: La utilización de los Tribunales para conseguir una moratoria de hecho, a un interés relativamente bajo y que se deteriora aún mas por el mero transcurso del tiempo. Otra carta que tiene a su favor el gobierno es que jueces complacientes o que a veces ignoran la materia deuda pública cuando ésta se debe pagar con bonos, resuelvan a favor del gobierno porque los pagos con bonos no forman parte de sus incumbencias normales. Los magistrados en muchos casos no saben como decidir cuestiones que exceden de su marco de referencia normal y, envueltos en un mar de dudas, le dan la razón al gobierno. No menos es cierto que en el medio judicial es bastante arraigado el sentimiento que “el Estado tiene siempre razón” de manera que los demandantes generalmente juegan en la cancha legal, en calidad de “visitantes”. Una tercera idea genial, aunque es un grave delito que revela la degradación moral de sus autores como de quienes deben investigar de oficio cuando se enteran que se han cometido delitos, ha sido falsificar desde el año 2007 (cuarto trimestre) la estadística del índice de precios al consumidor, para que sus guarismos den una cifra inferior a la realidad. Este índice sirve para actualizar un importante segmento de la deuda pública, de manera que decenas de miles de acreedores y de ahorristas, son burlados mes a mes en una parte de su crédito por el simple expediente de brindar índices amañados. Cuanto mas se prolongue el litigio, el gobierno paga menos. En la panoplia fabricada por la creatividad de nuestros funcionarios para hacer befa de los acreedores del Estado a quiénes se les debe pagar con bonos, existe otra arma: El Ministerio de Economía MODIFICA desde 1997 las sentencias judiciales firmes, donde nada se puede cambiar, multiplicándolas por un coeficiente INFERIOR a la unidad…lo que reduce ilegalmente lo que debe, pero es lo que paga.
JUECES VALIENTES HAN ENCENDIDO UNA LUZ DE ESPERANZA:
En medio de la oscuridad moral que cubre la vida argentina por los hechos reseñados, ha aparecido un destello de luz: En un pleito contra el Estado “ Bovero, Rodolfo Jose y otros c/Producciones Argentinas de Televisión S.A. y otro s/diferencias salariales” dos jueces valientes y probos, de larga trayectoria judicial, los Dres. Diana Regina Cañal y Víctor A.. Pesino, miembros de la Cámara Nacional del Trabajo, aplicaron el l8/7/2014 a la demandada, que en este caso era la Jefatura del Gabinete de Ministros el máximo de la multa previsto en el articulo 275 de la Ley de Contrato de Trabajo en un pleito, por su conducta temeraria y maliciosa. Este organismo del Estado en la experiencia personal del suscripto en muchos juicios dice y hace cualquier cosa con tal de obstruir el procedimiento judicial.En otras causas que no es aquella en que se aplicó la multa, sostuvo contra las constancias de autos firmadas por altos funcionarios nacionales, que debía menos que lo que decían documentos que hacen fe firmados por aquellos, o presentó recursos sobre la base de leyes que dicen lo contrario de lo que se afirmaba que decían, o pretendía que se hicieran de nuevo procedimientos administrativos ya hechos, o ha exigido la presencia de los interesados en el juicio cuando no hay ninguna ley que lo disponga. Todo esto es una verdadera vergüenza y lo consignamos para hacer ver que el organismo oficial a quién se le aplicó la sanción, ha recorrido un extenso itinerario burlándose de la ley y del Poder Judicial de la Nación.
En el panorama que hemos reseñado en el comienzo de este artículo, seria una injusticia no mencionar que existen un significativo número de Magistrados, amén de los aludidos en este acápite, que no han vacilado en condenar al Gobierno a pagar lo que debía. Ellos deben sumarse a los nombrados aquí, lo que demuestra que en la viña judicial hay de todo y las generalizaciones pueden ser muy injustas.
En el asunto que nos ocupa los Sres.Magistrados Dres. Cañal y Pesino, dijeron que para aplicar la sanción:”…debe existir una conducta injuriosa de la parte o del letrado que la representa(conforme art.45 CPCCN), que viole los deberes de lealtad, probidad y buena fe. Situación ésta, que encuentro acreditada en el caso de autos. Ello, pues resulta configurado, por parte del Estado Nacional, un proceder dilatorio en el cobro de los horarios del letrado de la parte actora” También dijeron: “Entiendo, que efectivamente en la especie, surgen elementos suficientes que permiten calificar como temeraria y maliciosa la conducta expuesta por el codemandado, materializados en las constantes presentaciones que fueron desestimadas de forma variada, a saber:”… normas que ahora invoca la deudora ya se encontraban vigentes al momento de la incidencia y nada se invocó en tal sentido, considero que existe sobre el punto una decisión firme que no puede ser modificada por planteos, que, en tal caso, debieron ser realizados en tal oportunidad”,( ver opinión del fiscal, a fs. 1477/1480)” “Otro dato mas que demostró el constante incumplimiento del Estado, fue que cuando esta Sala requirió, que “el crédito por los honorarios del letrado de la parte actora, se abone en una cantidad de títulos de la serie que corresponda, teniendo en cuenta que al momento de concretarse la entrega, sea equivalente al valor en dinero efectivo, que le correspondería por el crédito en cuestión de habérsele entregado bonos de la cuarta serie 2% “ , y que la liquidación la practicase el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas en un plazo de veinte días, bajo apercibimiento de ejecutar la sentencia sin más tramite ( ver fs. 1.521/1523,1550/1551, 1555y 1560/1561), el Estado incumplió con lo ordenado, limitándose a entender que la deuda ascendía a $ 2000, calculando intereses entre el 31/01/2010( 2do supuesto) ver fs. 1567/1570-“ “En consecuencia, se propone condenar al Estado, por sus presentaciones de fs. 1477/1480, a pagar al letrado de la parte actora un 25% de la diferencia que le corresponderá por los bonos que compense técnica, matemática y financieramente, aquella que le hubiere correspondido en el caso de que su crédito se cancelara con bonos de 4ta.Serie, en concepto de temeridad y malicia(cf.art.45 CPCCN).” Lo que viene ahora ha sido puesto en mayúscula por el autor por ser esencial al fallo:” LO DECIDIDO SE SUSTENTA TAMBIÉN, EN LA RESPONSABILIDAD QUE LE CABE AL ESTADO NACIONAL POR LA GARANTIA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE SUS CIUDADANOS” “DE LO CONTRARIO, CORREMOS EL RIESGO TODOS LOS MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS INTERVINIENTES EN LA CAUSA, DE INCURRIR EN LOS MISMOS YERROS QUE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS IMPUTÓ AL ESTADO ARGENTINO, EN LA CAUSA ”FORNERÓN E HIJA VS. ARGENTINA” (SENTENCIA DEL 27/4/2012; VER TAMBIÉN DOCTRINA DEL CASO “GONZÁLEZ Y OTRAS(CAMPO ALGODONERO) VS. MÉXICO” SENTENCIA DEL 16/11/2009)”.
Todo esto no involucra a los letrados intervinientes en la causa en defensa del Estado que no fueron sancionados, desde luego, y que nos imaginamos que son obligados a llevar a cabo actos que seguramente detestan, pero que para su defendido forman parte de su inexorable política de no pagar sus deudas.
ESTE FALLO VA A SER HISTORIA:
Estamos convencidos que muchos Señores Jueces van a seguir las huellas trazadas por los autores del fallo al que reseñamos y otros colegas no menos valientes, y se van a terminar las sentencias que han convalidado actos contrarios al Estado de Derecho emanados del Gobierno Nacional. Es harto posible que este ejemplo haga amanecer una nueva era en que el Poder Judicial va a ser respetado porque se respeta a sí mismo. Al influjo del coraje e imparcialidad de sus Magistrados Judiciales, los argentinos vamos a gozar de la seguridad personal y de la seguridad jurídica que se han desvanecido. El genio de la libertad y la diosa de la Justicia se van a adueñar del territorio patrio y, juntos, nos van a devolver las glorias pretéritas.