viernes 26 de abril de 2024 22:13:27

ACCIDENTE FERROVIARIO: Procesan al motorman Julio Benítez por “descarrilamiento culposo”

0

600x0_541963El juez federal Ariel Lijo procesó hoy sin prisión preventiva por “descarrilamiento culposo” al maquinista Julio Benítez, quien conducía el tren chapa 5 que chocó el 19 de octubre en Once y provocó más de un centenar de heridos.

Fuentes judiciales informaron que el magistrado imputó ese delito por las lesiones sufridas por 105 personas y “sustracción de pruebas”, al considerar que el motorman se apoderó del disco rígido de la cabina de conducción tras el accidente.

En la resolución, el juez Lijo sostuvo que quedó demostrado que la colisión y el descarrilamiento de la formación fue una consecuencia directa de la conducta y conducción “temeraria” del maquinista.

El magistrado también dispuso un embargo de 2.500.000 pesos sobre los bienes del maquinista. El juez Lijo también verificó que el motorman Benítez conducía de manera “consciente y temeraria” y que cuando ingresó al andén 2 de la estación lo hizo a una velocidad de 22 kilómetros por hora, mayor que la permitida, sin realizar maniobra alguna de frenado.

Asimismo, descartó que el tren haya presentado problemas de frenado o desperfectos técnicos. El magistrado determinó tras estudios genéticos de la sangre hallada en el disco rígido de la cabina que Benítez sustrajo esa pieza, la guardó en su mochila y previamente lo habría inutilizado para ocultar su comportamiento durante la conducción de la formación.

Sin embargo, el juez consideró que resulta “inadmisible” que se posibilite que una formación de tren con cientos de pasajeros quede librada únicamente al arbitrio de una sola persona, sin que se active algún tipo de control -frenado- ajeno a la voluntad del conductor.

El juez precisó que Benítez “no sólo no realizó sus funciones de manera idónea ni diligente a los efectos de brindar el servicio de manera eficiente, sino que elevó el riesgo jurídicamente permitido de forma considerable y agravando el peligro sobre la seguridad y la integridad de los pasajeros del tren, por las que debía velar”.

Para el magistrado, el día del choque Benítez condujo de manera “temeraria, sólo que en este caso, por negligencia, nunca atinó a frenar el tren, situación que se agrava por cuanto indefectiblemente, al ser la última estación del recorrido la vía terminaba en el paragolpe del anden 2, es decir, que no tenía la posibilidad de recorrer más metros sin colisionar”.

Pruebas que constan en la causa demostraron que la formación conducida por Benítez el día del accidente superó el límite máximo de velocidad en varios tramos del trayecto.Fte.laprensa

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *