miércoles 1 de mayo de 2024 18:59:43

JUSTICIA: La Corte objeta tres leyes de la reforma judicial impulsada por el Gobierno

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001La Corte Suprema resolvió hoy, mediante tres acordadas, la “inaplicabilidad” de tres leyes que forman parte del paquete de la reforma judicial, impulsada por el Gobierno y aprobada en el Congreso.

Se trata de las iniciativas referidas al acceso a cargos judiciales por concursos, a la publicación de causas judiciales y a la publicidad de declaraciones juradas de funcionarios públicos de los tres poderes en Internet.

El 18 de junio pasado, el Máximo Tribunal ya había declarado la inconstitucionalidad de la nueva regulación del Consejo de la Magistratura. De esta manera, la Justicia estableció reparos frente a las otras tres leyes que formaban parte del proyecto de la Casa Rosada, que ya había despertado un fuerte rechazo de la oposición y de varias ONG.

Según comunicó hoy la agencia oficial Télam, en relación a la ley que establecía el carácter público de las declaraciones juradas patrimoniales de los funcionarios públicos, la Corte la consideró “consistente con los principios de transparencia” pero declaró la “inaplicabilidad” del artículo 6 que depositó en la Oficina Anticorrupción la aplicación de la norma.

En tal sentido “estableció como autoridad responsable de la aplicación del régimen de recepción, custodia, registro y archivo de las declaraciones juradas de los magistrados y funcionarios de este tribunal a la Secretaría General y Administración de la Corte Suprema de Justicia”.

En relación a la ley 26.861 referida a los concursos públicos para el ingreso a cargos letrados y de empleados de maestranza, el máximo tribunal consideró que régimen legal “no resulta aplicable en el ámbito de esta Corte” e invocó el articulo 113 de la Constitución Nacional.

La acordada con la firma de los siete ministros, estableció que la Corte Suprema “como autoridad de aplicación” de la ley 26.861 “sancionará la reglamentación del procedimiento de concursos previstos para el ingreso al Poder Judicial”.

Finalmente, respecto a la ley 26.856, que había dispuesto la publicación en un diario judicial gratuito de todos los fallos judiciales, el máximo tribunal consideró que los objetivos centrales de la norma “se encuentran ya cumplidos”.

Invocó la acordada 14/2013 del mismo tribunal que estableció la obligación de publicación de sentencias a través del Sistema Informático de Gestión Judicial que se accederá a través del CIJ.Allí, la Corte aprobó crear un protocolo de Registro de Sentencias, acordadas y resoluciones administrativas hasta tanto ser puesta en marcha dicho sistema.Fte.lanacion

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