martes 23 de abril de 2024 22:07:05

POLÍTICA: Para Alak, “El fallo de la corte es fórum shopping”

El ministro de Justicia, Julio Alak, dijo que la cautelar dictada por la Cámara Civil y Comercial a favor de la Sociedad Rural Argentina por el predio ferial de Palermo es “arbitraria” y advirtió que es “otro caso de fórum shopping”, en referencia a presunta manipulación para la elección de jueces.

“Otra vez un sector corporativo ha elegido el mismo fuero civil y comercial y la misma Sala 1 que dicta cautelares eternas, para impugnar un acto legítimo del Estado”, se quejó Alak, que consideró que “al tratarse de la impugnación de un decreto presidencial, debe entender el fuero contencioso administrativo”.

Y anticipó: “Vamos a plantear la incompetencia del fuero, porque lo que está en discusión es la validez del decreto presidencial, y eso es claramente competencia del fuero contencioso administrativo”.

Los jueces de feria de la Cámara Civil y Comercial Federal, Francisco De las Carreras, Ricardo Guarinoni y Graciela Medina, dispusieron suspender el Decreto 2552 mediante el cual de la presidenta Cristina Kirchner dispuso estatizar el predio ferial de la Sociedad Rural en Palermo.

En un comunicado difundido por la cartera de Justicia, el ministro advirtió que “esta nueva cautelar es una decisión arbitraria, que no toma en cuenta los muy graves motivos que el Estado valoró para revocar la venta, especialmente el procesamiento de los directivos del Ministerio de Economía y de la SRA”.

“Además del precio vil, la Sociedad Rural no pagó la totalidad del precio de venta. La Cámara hoy convalido esta situación. A cualquier hijo de vecino que no cumple las cuotas, lo ejecutan, sacan la casa o el auto y a la Sociedad Rural no”, se quejó.

Tras advertir que se trata de “otro caso de forum shopping”, Alak sostuvo que “la decisión de la Cámara Civil y Comercial es violatoria del derecho de defensa porque se le privó al Estado Nacional de una instancia ordinaria que le permita ser oído previo a una resolución, máxime que estamos frente a un acto administrativo que tiene la presunción de validez”.

Además, agregó que “las cautelares son inaudita parte sólo en primera instancia. Acá hay un caso de grave arbitrariedad. Esto podría abrir el recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia”.

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