viernes 29 de marzo de 2024 07:59:28

JUSTICIA: Rechazan una medida cautelar presentada por un matrimonio que solicitó permiso para comprar dólares para cancelar el saldo de una deuda hipotecaria

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La Justicia federal volvió a rechazar una medida cautelar presentada por un matrimonio que solicitó permiso para comprar dólares para cancelar el saldo de una deuda hipotecaria. Teniendo en cuenta que hasta ahora ningún amparo judicial tuvo resolución favorable en segunda instancia, la novedad del caso es que, según se había estipulado en el contrato de venta de la propiedad, las cuotas adeudadas deberán ser canceladas a la cotización del dólar “contado con liqui” -por “liquidación”. 

La Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata confirmó un fallo que había rechazado una cautelar que pedía a la AFIP y al Banco Central a que autoricen a una pareja a comprar los dólares para cancelar una hipoteca.

El inmueble se adquirió por 130.000 dólares. Al firmar el boleto, se pactó entregar 25.000 dólares en efectivo y el resto en 52 cuotas mensuales de 2.000 dólares y una final de 1.000 dólaresLa primera venció el 30 de septiembre de 2011, cuando ya estaban en plena vigencia las restricciones.

Según la resolución judicial, las partes acordaron como elemento esencial del contrato “que la deudora efectúe todos los pagos en la misma moneda -dólares estadounidenses- que se pactó como precio del inmueble” y que no transformarán ni convertirán la deuda de dólares en pesos.

Sin embargo, otra cláusula del acuerdo estableció que “si la entrega en dólares se hiciere de cumplimiento imposible por causas ajenas a la voluntad de la deudora, la acreedora podrá optar porque la obligación sea satisfecha en la cantidad de pesos, o la moneda que lo sustituya, en cantidad suficiente como para comprar en la plaza de Nueva York, Estados Unidos, la cantidad de dólares adeudados”.

Además de coincidir con la Corte Suprema en que el espíritu de las cautelares “no es suspender la ejecución de actos administrativos” del Estado, los camaristas César Álvarez y Julio Víctor Reboredo consideraron que no “hay peligro en la demora” que se genere para pagar la deuda hasta en tanto se resuelva la cuestión de fondo sobre el cepo al dólar, “más aún frente a la posibilidad que tiene el accionante (matrimonio) de satisfacer la obligación en la cantidad de pesos suficientes como para comprar en la plaza de Nueva York la cantidad de dólares adeudados”.

Las operaciones de “contado con liqui” se hicieron populares al inicio de la puesta en vigencia de las trabas para comprar divisas. La maniobra consta en adquirir acciones o títulos públicos nominados en pesos en el mercado local, pero que tengan cotización en el exterior. Una vez adquiridos, y luego de transferidos esos títulos a una cuenta bancaria fuera del país, se los vende para “hacerse” de los dólares. La cotización del “contado con liqui” surge de la diferencia entre el valor de venta de las acciones o títulos en dólares y el de compra en pesos.

Este miércoles el dólar oficial cerró en $ 4,72, el “blue” o paralelo a $ 6,37 y el “contado con liqui” a $ 6,39.Fte.ambito

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