jueves 18 de abril de 2024 09:06:52

REFORMA AL CODIGO CIVIL: Habilitará a los futuros cónyuges a resguardar su patrimonio personal y separarlo de la sociedad conyuga

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La novedad llega de la mano de la reforma del Código Civil y Comercial, que contempla, entre sus principales cambios, la posibilidad de realizar contratos prenupciales para que cada integrante pueda mantener separado de la sociedad conyugal su patrimonio individual, si así lo desea.

Por el momento, esta alternativa, que será opcional, no tiene validez en el país, aunque se trata de un recurso vigente en gran parte del mundo. Hoy, el único régimen admitido aquí es el de bienes gananciales, que divide en partes iguales lo adquirido durante el matrimonio cuando finaliza la unión. Los futuros cónyuges podrán determinar cómo dividirán los bienes en caso de que el amor se termine. “Esto implica que cada una de las partes sale de la relación con lo mismo con lo que entró y que hizo constar en la convención”. “Estos convenios podrán contener las propiedades poseídas individualmente (casas, negocios, activos familiares, acciones y bonos, vehículos, cuentas de ahorros o deudas) y especificar la pertenencia y la administración de los mismos a la hora de disolver el vínculo”, detalló.”Este tipo de contratos favorecerán a quienes tengan bienes propios, ya sean provenientes de un divorcio anterior o recibidos por herencia, y quieran alterar el sistema de ganancialidad de los frutos. También le va a convenir a aquellos profesionales, deportistas o empresarios que consideren que, por su actividad personalísima, son los únicos generadores del dinero y no acepten que sus cónyuges se beneficien pasivamente por el sólo hecho de haber dado el sí en el registro civil”, sostiene la reconocida abogada Ana Rosenfeld en declaraciones periodísticas. La actualización del Código Civil retoma, además, la idea de que los novios no pueden exigir el cumplimiento de la promesa de matrimonio o algún tipo de resarcimiento derivado de la ruptura porque rige en forma absoluta la libertad de casarse o no hacerlo. Sólo están obligados a actuar de buena fe y sin abuso del derecho.Fte.lanacion

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