CAUSA ESCUCHAS: La Justicia dispuso la ampliación del procesamiento de Mónica Gónzález, quien se desempeñaba como secretaria del destituido juez misionero Horacio Gallardo
La Sala I de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal confirmó la resolución que dispuso la ampliación del procesamiento de Mónica Gónzález, quien se desempeñaba como secretaria del destituido juez misionero Horacio Gallardo, en el marco de la causa por las escuchas ilegales.
En la resolución recurrida por González el juez Norberto Oyarbide había dispuesto la ampliación de su procesamiento por interceptación indebida de las comunicaciones telefónicas en dos hechos y por el delito de prevaricato.
Según el tribunal, la actuación de González se diferenció de la del resto de los secretarios cuyas conductas también fueron sospechadas “en base a una vinculación con Ciro James acreditada a través de una serie de contactos que la distinguieron de una simple fedataria. Entre ese pronunciamiento y el actual, las circunstancias no han variado, por lo que se mantienen dichas apreciaciones”.
En cuanto al cuestionamiento que hizo la acusada por la imputación del delito de prevaricato, la Cámara dijo que si bien no caben dudas de que esa figura es un delito especial en el que sólo puede ser considerado autor el juez, por ser el único que reúne los requisitos típicos exigidos por la norma, “sin embargo, ello no excluye la posibilidad de que existan aportes punibles que conviertan a quien los facilite en cómplice”.
“Aun cuando la defensa controvierte el sentido asignado a las comunicaciones mantenidas entre James y González, lo cierto es que esa discusión termina siendo estéril si es sacada del contexto de la causa. Por eso, debe recordarse que no se estaba ante meros trámites sino frente a intervenciones telefónicas alejadísimas del proceder habitual. Esto mismo, que llevó a descartar la posibilidad de que los jueces actuasen engañados… conduce a idéntica conclusión en relación a González y convierten a los contactos con el encargado de llevar a cabo estos trabajos irregulares en escenas altamente sospechosas, más allá de las segundas intenciones que éste hubiese albergado”, indicaron los camaristas Eduardo Freiler, Jorge Ballestero y Eduardo Farah.
“Estas circunstancias llevan a homologar la afirmación provisoria acerca del conocimiento y voluntad en la colaboración atribuida”, agregaron.
Y en cuanto a la figura atribuida a González con relación a las “pinchaduras” de teléfonos, los jueces afirmaron que “esta Cámara ya ha tocado el tema y convalidado la elección de esa calificación…, tanto como su concurrencia con el delito previsto en el artículo 269 del mismo cuerpo…, siendo razonable mantenerlas, remitiéndonos a las consideraciones hechas en su momento y más allá de las que en definitiva corresponda”.
LUIS