jueves 19 de septiembre de 2024 17:09:19

LA PLATA: PUNTO PARA LOS INTENDENTES EL JUZGADO FEDERAL DE CAMPANA SUSPENDIÓ EL COBRO DE TASAS MUNICIPALES SOBRE SERVICIOS

El Juzgado Federal de Campana dio lugar a una medida cautelar presentada por el municipio de Campana

El Gobierno de Javier Mileo sufrió un nuevo revés judicial; está vez en su batalla por el cobro de tasas municipales con los intendentes. La semana pasada , el Ejecutivo había publicado una Resolución en el Boletín Oficial que impedía a las comunas cobrar impuestos propios sobre las facturas de los servicios. Hoy, esta medida fue suspendida temporalmente.

Así lo definió el Juzgado Federal de Campana al hacer lugar a una medida cautelar presentada por el municipio de Pilar, comandado por Federico Achaval (Unión por la Patria).

Es que el cobro de tasas sobre las facturas de servicios y hasta el combustible es una herramienta elegida por muchos jefes comunales para hacer frente al ajuste de Milei.

La medida que prohibía a los municipios cobrar estas tasas había sido anunciada inicialmente por el ministro de Economía, Luis Caputo. Luego, el miércoles de la semana pasada, el Gobierno oficializó la imposibilidad de que los municipios puedan aplicar tasas en las facturas de los servicios públicos mediante la Resolución 267/2024 publicada en el Boletín Oficial.

Una semana después, la Justicia suspendió la medida de forma temporal. En sus considerandos,  el juez federal Adrián González Charvay remarcó que “la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, autoriza a los municipios a dictar ordenanzas y reglamentos, dentro de las atribuciones que le confiere, y a votar anualmente su presupuesto y los recursos para costearlo”.

“La medida interina tendrá vigencia hasta tanto se resuelva la medida cautelar solicitada en autos. A tal fin, requiérase al Ministerio de Economía – Secretaría de Industria y Comercio que produzca el informe previsto por el artículo 4 de la ley 26.854, en el plazo de tres (3) días de notificado de la presente resolución”, iindicael texto.