LA CORTE CONVOCÓ A UN ACUERDO EXTRAORDINARIO Y PODRÍA RESTABLECER TEMPORALMENTE LA LEY DE TIERRAS RURALES
Tras la polémica por el fallo que rechazó la presentación del CECIM y dejó vigente el DNU 70/2023, la Corte Suprema de Justicia aceleró los tiempos institucionales para resolver un nuevo pedido cautelar.
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La resolución del máximo tribunal podría reponer de manera provisoria los límites a la venta de campos a extranjeros.
El máximo tribunal del país se reúne en un acuerdo extraordinario convocado por su presidente, Horacio Rosatti, junto a los magistrados y conjueces asignados, con el objetivo de tratar de urgencia una nueva medida cautelar solicitada sobre la validez del artículo 154 del DNU 70/2023. La deliberación busca dar respuesta al reclamo presentado por asociaciones ambientalistas, legisladores y comunidades indígenas que exigen la restitución de la Ley 26.737 de Tierras Rurales.
El expediente llega a la mesa del tribunal luego de las fuertes repercusiones políticas e institucionales que generó la sentencia previa, donde la Corte desestimó el amparo del Centro de Excombatientes de Malvinas (CECIM) por considerar que carecía de «legitimación procesal», sin expedirse sobre la constitucionalidad de fondo del decreto presidencial.
Los aspectos centrales del nuevo tratamiento judicial
Convocatoria extraordinaria y conjueces: Ante la falta de unanimidad en la votación inicial y el impacto público del tema, el tribunal acortó plazos procesales y sumó a los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci para definir la cautelar.
Argumentación de las comunidades e instituciones: A diferencia del planteo anterior (enfocado en soberanía por el CECIM), la nueva presentación fundamenta el pedido en la defensa del medio ambiente y los derechos territoriales indígenas, encuadrados expresamente como derechos de incidencia colectiva (art. 43 de la Constitución Nacional).
Posible medida interina: Los especialistas señalan que la Corte evalúa dictar una medida cautelar interina que congele los efectos del DNU 70/2023 y restablezca temporalmente el tope del 15% a la titularidad extranjera sobre tierras rurales mientras los tribunales inferiores resuelven la inconstitucionalidad definitiva.
Análisis PRISMA: Soberanía territorial, inversión extranjera y el freno a los DNU
La marcha atrás o revisión cautelar por parte de la Corte Suprema sobre la Ley de Tierras expone el delicado equilibrio entre la atracción de inversiones privadas y el resguardo del patrimonio hídrico y ambiental de la Nación.
En la Provincia de Buenos Aires —donde amplias extensiones agrícolas del interior y zonas clave de la cuenca hídrica revisten un valor estratégico para la producción agroalimentaria—, la derogación absoluta de la ley abrió un contrapunto severo entre los intendentes, las entidades rurales y las organizaciones comunitarias.
Si la Corte concede la cautelar, enviará una señal política de proporciones a la Casa Rosada sobre los límites del uso de decretos de necesidad y urgencia para modificar leyes estructurales de propiedad y territorio, marcando un precedente clave para el resto de los capítulos del DNU 70/2023 que permanecen judicializados.
