DIPUTADOS: COMIENZA EL DEBATE POR LA LEY DE ALQUILERES AQUÍ LOS PUNTOS CUESTIONADOS Y PROPUESTAS
Hoy a las 15 se inicia el tratamiento de una nueva ley de alquileres en el que los diferentes bloques de Diputados deberán ponerse de acuerdo en los puntos a modificar, con un plazo de 30 días hábiles
A partir del hoy a las 15 empiezan a correr 30 días para que los diferentes espacios políticos se pongan de acuerdo para modificar la polémica ley de alquileres 27.551. La incertidumbre viene de la mano de las diferencias en los puntos principales de cada proyecto, sumado al fracaso de la ronda de negociaciones impulsada por la Secretaría de Comercio Interior que mantuvo dos reuniones con representantes de propietarios, inquilinos e inmobiliarios.
Mientras que desde el oficialismo se conocieron la semana pasada dos iniciativas presentadas por el diputado sanjuanino José Luis Gioja y por la diputada Gisela Marziotta, la oposición ya lleva presentados otros cuatro proyectos en 2021, que incluyen ahora dos nuevos vinculados a beneficios fiscales y desalojo exprés, presentados la semana pasada.
Mediante la conformación de la Comisión de Legislación General se desarrollará el debate de esta nueva ley, destinada a resolver el problema de la escasez de oferta de inmuebles, precios y condiciones. El presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, se comprometió ante los opositores a que todos los proyectos que se presentaron sobre la temática tengan como único giro aquella comisión para evitar demoras en su tratamiento.
¿Cuáles son los puntos en los que las diferencias parecen más irreconciliables en el corto plazo? La duración del contrato y las actualizaciones son dos de las cuestiones en las que mas difieren los proyectos. Además, la figura del impuesto a la vivienda ociosa, defendida por inquilinos y autoridades del Gobierno y muy criticada por al oposición, lo sectores inmobiliarios y propietarios de las viviendas.
Pero la grieta no está solo entre los espacios políticos. Entre las asociaciones de inquilinos también hay desacuerdos entre las concesiones que están dispuestos a aceptar y los temas que consideran inamovibles de la ley. Tal es así que desde un espacio apoyan una de las iniciativas planteada por Alberto Asseff mientras que desde otra defienden la ley a rajatabla y piden mayor intervención del estado.
Frente de Todos, proyecto presentado por José Luis Gioja
- Se respeta la duración del contrato de 3 años
- Tope al valor del alquiler
- Protección a inquilinos monotributistas
- Registro de los contratos en la AFIP que será publicada en su página de internet
- Beneficios fiscales para locadores que registren los contratos en AFIP
- Diseño de un plan de vivienda a través del Consejo Federal de Vivienda.
- Modelo de Proyecto de Ley de impuesto a la vivienda ociosa.
Frente de Todos, proyecto presentado por Gisela Marziotta
- Crear una “Cámara Nacional de Alquileres”, un organismo autárquico que regularía los valores de los contratos en todo el país y llevaría un Registro Público Nacional de Contratos de Locación para la Vivienda. La Cámara Nacional de Alquileres sería un organismo colegiado de carácter autárquico, que funcionaría en la órbita del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación. Estaría conformada por dos representantes del Poder Ejecutivo: uno del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat y uno de la Secretaría de Comercio. También habría un representante de los propietarios, uno de los inquilinos y uno del Sindicato de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal. El proyecto aclara que, en la conformación, la Cámara deberá respetar la paridad de género en la representación
- La Cámara fijaría los precios máximos de los nuevos contratos de locación y regularía los valores de los alquileres y suspender “cualquier aumento en el precio” hasta que sea fijado un índice de ajuste anual establecido por la Cámara. En los contratos de locación de inmuebles destinados a uso habitacional, el precio del alquiler debe fijarse como valor único y por períodos mensuales, sobre el cual solo pueden realizarse ajustes anuales. En ningún caso se pueden establecer bonificaciones ni otras metodologías que induzcan a error al locatario
- Llevar un registro oficial de los contratos de alquiler. Pasaría a ser obligatorio notificarlos ante la Cámara en el plazo y forma que la misma determine, además de hacerlo ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), como ya establece la ley de actual. La falta de registro por parte del locador será sancionada con multas equivalentes al monto total del contrato. Solo el locatario podrá invocar derechos emergentes de un contrato no registrado
- Índice de ajuste anual que sería establecido por la Cámara en abril de cada año y regiría para todo el año aniversario
- Los propietarios no pueden exigir depósitos de garantía por un importe mayor al primer mes de alquiler; el inquilino podría pagarlo en seis cuotas iguales y consecutivas a partir de la fecha de la firma del contrato, y el propietario tendría que devolverlo mediante la entrega de una suma equivalente al precio del último mes de la locación o la parte proporcional en caso de haberse efectuado un depósito inferior a un mes de alquiler
- Los contratos deben estar expresados en moneda de curso legal y forzoso en la República Argentina y que en caso de silencio del locador el contrato se renueva automáticamente por el mismo plazo
Juntos por el Cambio, proyecto presentado por Alberto Asseff
- El plazo mínimo legal del contrato es de dos años
- El precio del alquiler puede actualizarse con periodicidad a elección de las partes
- Los ajustes deberán utilizarse exclusivamente índices oficiales elaborados o publicados por organismos nacionales, provinciales y/ó municipales
- Distingue entre reparaciones urgentes (24 hs) y otras que podrán ser resueltas en un plazo de 10 días
- Además, el proyecto es complementado por otros dos nuevos: la creación de un régimen de promoción e incentivos para las locaciones con destino habitacional y un desalojo abreviado
Juntos por el Cambio, proyecto presentado por Martín Tetaz
- Plazo mínimo de los contratos de un año
- El precio del alquiler se fija como valor único y por períodos mensuales
- Propietarios e inquilinos puedan acordar la forma de actualización que deseen y con el índice que de común acuerdo fijen
Juntos por el Cambio, proyecto presentado por Álvaro González
- Volver al plazo de contratos de dos años
- Derogar el artículo 14, que introduce la obligatoriedad de una actualización anual según el índice del BCRA
Juntos por el Cambio, proyecto presentado por Luciano Laspina
- Generar un mecanismo de incentivos para la construcción de viviendas destinadas al alquiler
- Elimina regulaciones sobre modos y tiempos de la devolución del depósito de garantía
- Vuelve a los plazos mínimos y máximos según el destino de la locación y a las anteriores normas sobre rescisión anticipada
- Incorpora cláusulas sobre el ajuste del valor de los alquileres, dejándolo al arbitrio de las partes. Fte. LN