jueves 25 de abril de 2024 17:43:40

CORONAVIRUS: ARGENTINA EXTIENDE LA EMERGENCIA SANITARIA EN MEDIO DEL AUMENTO DE CASOS

En las vísperas de Navidad y en medio de un masivo aumento de contagios en Argentina el Gobierno Nacional  confirmó que sigue la emergencia sanitaria por todo el año que viene. Por medio de un decreto publicado este viernes en el Boletín Oficial, el presidente Alberto Fernández prorrogó la situación de emergencia sanitaria hasta el 31 de diciembre de 2022. En el escrito, detalló cuáles son las actividades de mayor riesgo epidemiológico ante la suba de casos de coronavirus.

Se trata del Decreto 867/2021 que extiende la medida comunicada en el 2020. Además, incorporó nuevas disposiciones tales como disponer las recomendaciones y medidas a adoptar a fin de mitigar el impacto sanitario de la pandemia de coronavirus según el contexto epidemiológico, sanitario y de avance de la campaña de vacunación. El propósito del decreto, es “dotar al Estado de las herramientas necesarias, adecuadas, eficaces y transparentes para combatir” la pandemia.

Además, modificó el inciso 6 del anterior decretó y lo cambió por la posibilidad de efectuar la adquisición directa de insumos, equipamientos, productos farmacéuticos, dispositivos, elementos de uso médico y servicios que sean necesarios para atender la emergencia. Al igual que la coordinación de la distribución de los insumos, equipamientos, productos farmacéuticos, vacunas, dispositivos y elementos de uso médico.

Actividades de mayor riesgo

Las actividades que son consideradas de mayor riesgo epidemiológico y sanitario son: los viajes grupales de egresados, de estudiantes, de jubilados o similares; actividades en discotecas, locales bailables que se realicen en espacios cerrados. También las actividades en salones de fiestas para bailes que se realicen en espacios cerrados.

A ellos, se suman los eventos masivos de más de 1.000 personas que se realicen en espacios abiertos, cerrados o al aire libre. El decreto también incluye las medidas de prevención sanitaria que ya se vienen implementando como “utilizar tapabocas en espacios compartidos cerrados y abiertos”, solo no es obligatorio cuando se circule al aire libre a más de dos metros de distancia de otras personas. “Se deberán ventilar los ambientes en forma adecuada y constante” e “higienizarse asiduamente las manos”.

Aislamiento

Por otro lado, resalta que en ningún caso podrán circular las personas que revistan la condición de “caso confirmado”, “caso sospechoso” o “contacto estrecho” coronavirus. En el decreto también señaló que deben permanecer aisladas las personas que revistan la condición de «casos sospechosos», hasta tanto se realice el diagnóstico confirmatorio o con resultado negativo.

Del mismo modo, serán aislados los «casos confirmados» por un plazo de 10 días desde la fecha de inicio de síntomas o del diagnóstico, en casos asintomáticos; los «contacto estrecho», por un plazo de 10 días, que podrá ser reducido a 7 en caso de contar con test de PCR negativo; quienes arriben al país desde el exterior, cuando no cuenten con esquema de vacunación completo o cuando no hayan transcurrido 14 días desde que hayan completado su esquema de vacunación.