lunes 18 de noviembre de 2024 07:21:43

GANANCIAS: AQUELLA PERSONA POR UN AUMENTO QUE SUPERE LOS 150.000 PESOS TENDRÀ DESCUENTOS ESPECIALES PARA QUE NO SE SUPERE SU SALARIO DE BOLSILLO

el trabajador que tiene un sueldo bruto, por ejemplo, de $ 160.000, ¿cobrará de bolsillo menos que el que gana $ 150.000?,la respuesta es no

La respuesta es no.

Con la suba del piso salarial de $ 150.000 brutos para estar exentos de Ganancias que se trata este martes en el Congreso, el trabajador que tiene un sueldo bruto, por ejemplo, de $ 160.000, ¿cobrará de bolsillo menos que el que gana $ 150.000?. La respuesta es no.

“En el artículo 8 del proyecto de Sergio Massa, que comenzaron a tratar las Comisiones de la Cámara de Diputados, permite que el Poder Ejecutivo -mediante facultades delegadas- establezca una “escalera” de deducciones para las remuneraciones superiores a $ 150.000 y hasta $ 173.000 para evitar “saltos abruptos” en el impuesto. Esto permitirá que el empleado que, por ejemplo, gana $ 160.000 o $ 155.000 brutos no tenga una remuneración de bolsillo inferior al que gana $ $ 150.000 o 145.000 brutos, explicaron asesores del titular de la Cámara de Diputados.

Asi en la reglamentación de lo que apruebe el Congreso, la AFIP establecerá cómo se calculará el impuesto para esa franja de trabajadores, con montos más reducidos, de manera que los que ganan más de $ 150.000 no cobren menos que los que perciben $ 150.000 o menos.

El piso de 150.000 brutos, luego de los descuentos de jubilación y Salud (17%) equivale a $ 124.500 de bolsillo. De esta manera, quien gana $ 155.000 brutos o $ 128.650 netos no podrá tener un descuento de Ganancias superior a los $ 4.150, cuando actualmente al soltero sin hijos, por ejemplo, le descuentan unos $ 18.000 mensuales.

Esto último pasa porque el mínimo no imponible arranca a partir un sueldo bruto de $ 90.135 (neto antes de ganancias de $ 74.812).

Otra aclaración importante es que el impuesto a las Ganancias con el piso salarial de $ 150.000 brutos se calculará en forma mensual. Esto significa que si en algún momento del año el empleado recibe un aumento y supera los $ 150.000, habrá meses en que no pagará Ganancias por las remuneraciones de hasta $ 150.000 y meses donde pagará el impuesto porque las remuneraciones fueron superiores a $ 150.000 bruto, respondieron los asesores de Massa.

De esta manera los trabajadores que reciban un incremento salarial y superen los $ 150.000, volverán a pagar el impuesto a las Ganancias. En esos casos, entre $ 150.000 y $ 173.000 regirá esa escala especial de manera que luego del aumento salarial no cobren de bolsillo menos de lo que cobraban antes del incremento.

En tanto, los que ganan más de $ 173.000 brutos seguirán pagando Ganancias como hasta ahora. Por ejemplo el soltero sin hijos con una remuneración neta de $ 200.000 pagará este año $ 36.550 mensuales.

Desde marzo, los aportes de jubilación y salud se realizan hasta $ 225.171,69 de remuneración bruta, valor que se ajusta cada tres meses con la movilidad.

En el caso de los jubilados y pensionados, directamente el mínimo no imponible sube de 6 a 8 haberes mínimos ($ 164.571.44). Esto significa que empiezan a pagar Ganancias desde esa suma a partir de la alícuota del 5%.Por Ismael Bermudez.Clarìn. Fte. Identidad Correntina