JUSTICIA: ORDENAN LA EXCARCELACIÓN DEL ABOGADO STINFALE EN LA CAUSA TIME WARP
Los camaristas revocaron las prisiones preventivas al considerar que «ya no existen riesgos procesales de entorpecimiento», pero confirmaron los embargos de los imputados por 50 millones de pesos
La Cámara Federal ordenó hoy excarcelar al abogado Víctor Stinfale, al empresario Adrián Conci, el apoderado Carlos Garat y a otros tres procesados en la causa que investiga la muerte de cinco jóvenes por consumo de drogas sintéticas durante la fiesta electrónica Time Warp.
La Sala II de la Cámara Federal confirmó los procesamientos de los acusados, pero revocó las prisiones preventivas al modificar la calificación del delito de «comercio de estupefacientes y abandono agravado de persona seguido de muerte» a «facilitación del lugar para el consumo y venta de estupefacientes, homicidio culposo y lesiones graves culposas».
La decisión del tribunal benefició a Stinfale, que cumplía arresto domiciliario, al presidente de Dell Producciones Adrián Conci, a los apoderados de la firma Carlos Garat y Máximo Avila, al encargado de seguridad Carlos Penise y a Martín Gontad, uno de los organizadores de la fiesta electrónica.
Los camaristas revocaron las prisiones preventivas al considerar que «ya no existen riesgos procesales de entorpecimiento», pero confirmaron los embargos de los imputados por 50 millones de pesos.
La causa investiga la muerte de cinco jóvenes por consumo de drogas sintéticas durante la fiesta electrónica de la noche del 15 de abril en el Complejo Costa Salguero.
El juez federal Sebastián Casanello, a cargo de la investigación, los había procesado por «comercio de estupefacientes agravado y abandono de persona seguido de lesiones y muerte», pero los camaristas Eduardo Farah y Martín Irurzun entendieron que ese delito requiere un dolo que en el caso no está probado.
«Los responsables de la organización quebrantaron sus obligaciones con el objetivo de obtener el mayor rédito posible, limitándose a cubrir en teoría -es decir, para la cantidad de asistentes declarada- los requerimientos formales que se exigían para su habilitación», sostuvieron en el fallo.
Los camaristas consideraron que en el fallo que «se ha acreditado que el personal de seguridad contratado -formal e informalmente-, fue designado para actuar en los lugares periféricos a efectos de controlar -y contabilizar- el ingreso, mas ninguno estuvo destinado a monitorear cuanto ocurría en el interior donde se encontraban, precisamente, los concurrentes».
«La ausencia -o silencio- de todos los que debían velar por el normal desarrollo es, a criterio del Tribunal, demostrativo de que la voluntad nunca estuvo dirigida a proteger a los concurrentes, finalidad a la que tiende la regulación administrativa al exigir, entre otras, la presencia de personal de seguridad, médicos, socorristas y bomberos», dijeron.
Por el contrario, se dirigió a «cubrir exclusiva y excluyentemente las exigencias particulares de una parte importante del mercado como vehículo para garantizar el éxito económico del evento: proveer un ambiente donde la venta y el consumo de estupefacientes se desarrollara sin inconvenientes», aseveraron.
En la causa, el juez Casanello procesó también como «partícipes necesarios» de la venta de estupefacientes y abandono de persona seguido de muerte a cinco funcionarios porteños de la Agencia Gubernamental de Control, a cargo de la habilitación del lugar, y a 26 agentes de Prefectura Naval Argentina contratados para hacer tareas adicionales en la fiesta. Fte-El Día