ECONOMIA: Reglamentan nuevos fideicomisos de viviendas
A través de la resolución 623/2013, la Comisión Nacional de Valores (CNV) reglamentó el funcionamiento de los fideicomisos financieros que se destinen al desarrollo de emprendimientos inmobiliarios. El mecanismo permitirá adquirir certificados de participación que otorguen el derecho a comprar una unidad funcional o equivalente, con la consecuente posibilidad de negociación en el mercado.
La medida, que lleva la firma del presidente de la CNV, Alejandro Vanoli, apunta a «incentivar la inversión en construcción, tanto para la compra de vivienda propia, como también para ahorristas».
La CNV definió la información a incluir en los prospectos, «de manera de brindar información veraz, detallada, eficaz y suficiente del emprendimiento objeto de cada fideicomiso, a fin de permitir al público adoptar su decisión de inversión».
La resolución establece que los nuevos fideicomisos financieros, «podrán emitir certificados de participación que otorguen el derecho a adquirir una unidad funcional o equivalente».
En tales certificados deberán detallarse los emprendimientos inmobiliarios a realizar, y los antecedentes del director de obra o la empresa constructora y demás entidades subcontratistas.
También se informará sobre contratos celebrados o a celebrarse en relación con la ejecución del emprendimiento (contratos de proyecto, dirección y construcción de obra) y se deberá presentar una planilla de costos estimados, con el flujo de fondos previsto y cronograma de aportes.
Se exigirá asimismo a los fideicomisos un detalle de los contratos de seguros vinculados con la ejecución de las obras.
«El proyecto inmobiliario debe contar con todas las pólizas de seguro correspondientes, a los efectos de cubrir una amplia variedad de riesgos potenciales existentes desde el comienzo de la construcción hasta su finalización», añade la resolución.
En tal sentido, deben contemplarse los seguros de responsabilidad civil frente a terceros y exigir a los contratistas seguros de responsabilidad del personal que trabaje en el emprendimiento, así como prever cualquier otro riesgo que resulte razonablemente asegurable.
La CNV reglamentó igualmente aspectos regulatorios (licencias y aprobaciones necesarias, habilitaciones, permisos, derechos de construcción, subdivisiones, reglamentos, factibilidades, etc.).
Del mismo modo, en materia ambiental se deberá informar sobre el cumplimiento de todas las leyes, ordenanzas, normas y regulaciones nacionales y municipales del lugar en el que se pretende desarrollar el emprendimiento inmobiliario.
Si correspondiera, se informará sobre el procedimiento de comercialización con el objeto de promover y vender las unidades funcionales a construir a favor de terceros. También se tendrá que precisar la forma bajo la cual se instrumentará la adjudicación de las unidades funcionales.
Por último, los fideicomisos inmobiliarios deberán acompañar planos, anteproyectos, memoria descriptiva y proyectos del emprendimiento, así como el estudio de factibilidad y justificación económica y financiera del emprendimiento.
Adicionalmente, se deberán publicar en la Autopista de Información Financiera (en el sitio web de la CNV) informes periódicos sobre el avance de obra correspondiente a cada etapa del proceso de construcción, y cualquier información relevante sobre el emprendimiento.
La Comisión de Valores consideró «de interés primordial», en el marco de la nueva ley de Mercado de Capitales, «impulsar nuevos desarrollos dentro de los instrumentos financieros, con el objeto de expandir el ahorro en moneda nacional».
La idea de la CNV es que el desarrollador se financie con un esquema de tres patas: la preventa del inmueble, la emisión de valores representativos de deuda a 24 a 30 meses y de certificados de participación de un FFI, equivalentes cada uno a un metro cuadrado del inmueble.
Por su parte, el que compra el certificado podría encontrar una forma de reserva de valor, porque a medida que la obra avanza, sube el valor del m2.Fte.ambito