viernes 29 de marzo de 2024 10:04:48

ECONOMIA: La Unidad de Información Financiera obligó a las empresas emisoras a exigir una declaración jurada a sus clientes cuando estos tengan tarjetas con un límite de compra que se ubique por encima de los $5.000

La resolución 27/2011 determina que las empresas emisoras de tarjetas de crédito y cheques de viajero deberán informar sobre cualquier operación de sus clientes que pueda ser considerada “inusual” o “sospechosa”. De esta forma, por primera vez el Estado dicta una norma para regular la emisión de plástico, desde la sanción de la ley 25.246, sobre Encubrimiento y Lavado de Activos.

Según publica el diario El Cronista, las emisoras de cheques de viajero y operadoras de tarjetas de crédito deberán registrar las operaciones de sus clientes, tanto usuarios titulares como portadores de extensiones, y a los proveedores de bienes o servicios o comercios adheridos.

Además, las compañías están obligadas a informar si el cliente es una Persona Expuesta Políticamente (PEP). Así denomina la UIF a aquellos sujetos con cierta relevancia pública, desde el Presidente de la Nación hasta los concejales de los municipios de todo el país, pasando por oficiales de las Fuerzas Armadas, y representantes en sindicatos y cámaras empresarias.

Pero la medida va más allá. Las compañías deberán requerir una declaración jurada a sus clientes cuando estos soliciten una emisión de cheques de viajero superior a $5.000 o tengan tarjetas con un límite de compra que se ubique por encima de esa cifra.
Cuando esos topes superen los $20.000, las declaraciones juradas deberán ir acompañadas de “documentación respaldatoria que sustente el origen declarado de los fondos”.

Para la UIF, las operaciones “inusuales” son aquellas que se realizan de manera aislada, mientras que las “sospechosas” se dan cuando hay elementos para dudar de esos hechos aislados. Estas últimas incluyen, en el caso de los usuarios de tarjetas de crédito o cheques de viajero, la “alta concentración, sin causa aparente, de compras de un usuario en un mismo establecimiento adherido, por montos significativos”, así como situaciones en las que el cliente trate con países o jurisdicciones declarados “paraísos fiscales” por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

La semana pasada, distintas resoluciones alcanzaron al Banco Central, la Comisión Nacional de Valores (CNV), la Superintendencia de Seguros, las empresas de juegos de azar, las transportadoras de caudales, las compañías de giros postales, los escribanos y los contadores.

En octubre último, el GAFI criticó por el escaso control antilavado del país. A partir de allí, el Gobierno dispuso una serie de medidas y centralizó por decreto la coordinación de acciones antilavado en la UIF.