viernes 22 de noviembre de 2024 13:49:29

EL GOBIERNO TIENE LISTO EL DECRETO PARA NO RENOVAR 7 MIL CONTRATOS DE EMPLEADOS PÚBLICOS ASIMISMO BUSCARÁ SE CONGELEN LOS SALARIOS

La decisión se informaría mañana a través en el Boletín Oficial con la firma del presidente Javier Milei. También se revisará la situación de los trabajadores que están desde antes

En el marco de su plan de ajuste del Estado, el presidente Javier Milei firmará -se espera que este martes- otro Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que, en este caso, ordenará no renovar los contratos de aquellos empleados públicos que hayan ingresado a partir de enero de este año y revisar la situación de todos aquellos que estén desde antes de esa fecha.

El primer artículo del DNU en cuestión, al que pudo acceder este medio, establece que “las contrataciones de personas que hayan iniciado a prestar servicios a partir del 1 de enero de 2023, en los organismos comprendidos en los incisos a) y c) del artículo 8° de la ley 24.156, no serán renovadas”.

Además de los trabajadores de planta permanente, que no serán afectados, se excluye también a las contrataciones “derivadas de cupos regulados por ley u otro tipo de protecciones especiales” y al personal que “haya estado prestando tareas con fecha previa al 1 de enero de 2023 y haya cambiado su modalidad”.

También se permitirá la renovación de aquel ”que el titular de cada jurisdicción evalúe que resulte indispensable para el funcionamiento” de la misma, aunque “de manera restrictiva y de manera fundada que su continuidad es necesaria por razones impostergables de funcionamiento”.

En este sentido, el Decreto remarca que las autoridades competentes de cada área deberán, además, realizar “un relevamiento exhaustivo” de los empleados “cuya fecha de ingreso a la administración sea previa al 1 de enero de 2023, con el fin de evaluar” su continuidad.

En todos los casos, según aclara el texto, si se opta por renovar la contratación, se “deberá fundar la decisión, demostrando la necesidad” de mantener a ese trabajador, cuyo vínculo laboral no podrá extenderse “por un periodo mayor a noventa (90) días corridos”.

Asimismo, todas las áreas del Gobierno tendrán que informarle en un tiempo determinado el cumplimiento de este DNU al jefe de Gabinete, Nicolás Posse, quien “podrá dictar las normas complementarias y aclaratorias que fueran necesarias para su mejor aplicación y podrá delegar las facultades asignadas por la presente medida.

En los considerandos, el Poder Ejecutivo señala que la propia normativa vigente indica que este tipo de contrato dura 12 meses, siempre que no exceda el período presupuestario en curso, por lo que “se encuentran próximas a vencer las contrataciones efectuadas por el Estado Nacional”.

Además, se remarca que esta decisión se toma en el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 8 del 10 de diciembre de 2023, uno de los primeros que firmó Milei, a paFertir del cual se modificó la ley de Ministerios, pasando a tener solamente nueve carteras “con la finalidad de racionalizar recursos, lo que obliga a revisar todas aquellas contrataciones efectuadas”.

A lo largo de esta semana, no solamente se prevé la publicación en el Boletín Oficial de esta medida, sino que también se espera el envío al Congreso del paquete de proyectos que preparó el Poder Ejecutivo para que se traten en las sesiones extraordinarias, convocadas para el 26 de diciembre y hasta el 31 de enero.

Entre otros puntos, el Presidente busca volver a establecer las escalas del impuesto a las Ganancias que existían antes de las modificaciones impulsadas meses atrás por el entonces candidato y ministro de Economía, Sergio Massa.

Además, se incluirá la eliminación de la fórmula de movilidad jubilatoria para reemplazarla, hasta que se consiga tener un esquema mejor y definitivo, por una serie de aumentos por decreto.

Asimismo, buscará que se sancione el congelamiento de los sueldos de los empleados públicos e incluso, según trascendió, se analiza la posibilidad de reducir el salario de algunos de ellos de alta jerarquía.Por Federico Galligani. Fte. I