LA CÁMARA DE CASACIÓN PASA PARA 2024 SU DEFINICIÓN SOBRE LA CONDENA DE CRISTINA KIRCHNER EN LA CAUSA VIALIDAD
Los plazos de apelación y los “tiempos políticos” harán que el caso en esa instancia se resuelva el año próximo, según fuentes judiciales; después irá a la Corte; se debilita así el discurso de la “proscripción”
Los tiempos procesales y la prudencia política hacen que la Cámara de Casación Penal contemple resolver en 2024 si confirma o no la condena a 6 años de prisión e inhabilitación perpetiua a ejercer cargos públicos contra Cristina Kirchner por corrupción en la obra pública, dijeron fuentes judiciales.
De esa manera, se cae el argumento del kirchnerismo de que Cristina Kirchner está “injustamente proscripta” y no se le permite ser candidata en las elecciones de este año. No hay manera de que la sentencia del Caso Vialidad, que incluye la inhabilitación de por vida, quede firme antes de los comicios del 22 de octubre, ya que después de la Casación faltaría incluso la intervención de la Corte Suprema de Justicia.
Gustavo Hornos, juez de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación PenalDaniel Jayo
El fallo se ejecuta -es decir, se cumple con la prisión y la inhabilitación- cuando la última instancia, que es la Corte Suprema, rechaza el último recurso de los condenados.
Mariano Borinsky, juez de la Cámara Federal de Casación
La causa en la que Cristina Kirchner fue condenada en diciembre pasado está en el Tribunal Oral Federal N° 2, integrado por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburi y Andrés Basso. Los magistrados dieron un plazo de 30 días hábiles al fiscal Diego Luciani y a los abogados de los condenados para que puedan apelar. Es un plazo excepcional, dada la extensión de la sentencia y la complejidad del caso.
Ese tiempo, que se computa desde el 9 de marzo, cuando se conocieron las 1616 páginas de los fundamentos de la sentencia, abre un cronograma que está taxativamente fijado en el Código Procesal Penal y que lleva la resolución del caso en la Cámara de Casación a 2024. Después, vendría la Corte, a la que nadie le pone un plazo.
Los jueces del TOF N° 2, Andrés Basso, Jorge Gorini y Rodrigo Giménez UriburuArchivo
El almanaque que puntearon en los tribunales los jueces y secretarios judiciales -sin calcular otras posibles dilaciones- señala que el plazo para apelar vence el próximo 27 de abril. En ese momento los jueces del Tribunal Oral Federal N° 2 deben decidir si conceden o no las apelaciones.
En caso de que lo hagan -que es lo usual- el expediente llegará a la Cámara de Casación una semana más tarde a lo sumo, el 2 de mayo. La Sala IV, presidida por el juez Gustavo Hornos e integrada por sus colegas Mariano Borinsky y Javier Carbajo, será la que debe decidir si confirma o no la condena.
El fiscal ante la Cámara de Casación en este caso es Mario Villar, el mismo que pugna por reabrir el caso Hotesur/Los Sauces. Villar será el que sostenga en Casación el recurso de Luciani. Es profesor titular de derecho penal en la UBA y en la Universidad Austral y dirige el Departamento de Derecho Penal de la UBA, una referencia académica.
Una vez que el caso llegue a la Sala IV, se dará la radicación del expediente. Los jueces deben notificar a las partes cómo está integrada la sala para que -en caso de que lo deseen- planteen recusaciones, es decir pidan apartar a los jueces. Las defensas de Cristina Kirchner y del empresario Lázaro Báez, entre otros, ya adelantaron su disconformidad con los jueces Hornos y Borinsky.
El fiscal Diego Luciani
Les cuestionan que hubieran visitado a Mauricio Macri en la Casa Rosada cuando era presidente, en un caso, y en la quinta de Olivos, en otro, por lo que denuncian que no es imparcial. En el pasado, en otras causas, fueron ensayadas estas recusaciones y no prosperaron. Una respuesta a los planteos de las partes podría conocerse no antes del 23 de mayo, calculan en los tribunales.
Desde el momento en que el tribunal queda confirmado en su integración, comienza el plazo que se denomina “término de oficina”. Son 30 días hábiles (en este caso complejo, de lo contrario serían sólo 10) para que los abogados de las partes accedan al expediente y preparen los recursos que deberán exponer ante los jueces de la Cámara.
En ese término los abogados elaboran sus argumentos para sostener la necesidad de revocar las condenas y la fiscalía buscará que se confirmen. Los plazos dan para que el término de oficina venza el 10 de julio, días más o días menos. Muy cerca del final de la actividad judicial por la feria judicial de invierno.
Por eso, en el mes de agosto cuando se retome la actividad en los tribunales, los jueces estarían en condiciones de fijar fecha para una audiencia oral y pública en la que convocarán al fiscal Villar y a los abogados para que expongan sus posiciones. Esta audiencia puede ser reemplazada por la presentación de un escrito.
Pero, en otras ocasiones, Cristina Kirchner utilizó esta instancia para exponer oralmente ella misma sus argumentos y denostar a la Justicia.
Por prudencia y timing político, señalan fuentes de los tribunales, es muy improbable que los jueces fijen audiencia en agosto y en los meses subsiguientes, ya que las PASO son el 13 de agosto y las elecciones generales el 22 de octubre.
Así las cosas, las audiencias podrían posponerse para finales de 2023 o febrero de 2024 con lo que la resolución del caso irá necesariamente al año próximo. Tras la realización de esa audiencia los jueces tienen 20 días hábiles para tomar una decisión, si confirman o revocan aunque sea parcialmente la sentencia.
“Romper la proscripción”
Tras la intervención de la Casación, la fiscalía y los abogados defensores pueden recurrir a la Corte Suprema de Justicia, que no tiene plazos para resolver. Es un pronunciamiento de la Corte el que confirma la condena y si es así entonces empieza a correr el cumplimiento de la pena de prisión e inhabilitación. Como Cristina Kirchner tiene más de 70 años, en caso de que se confirmara la sentencia, puede pedir cumplirla en arresto domiciliario.
La Cámpora durante la marcha hacia la Plaza de Mayo durante el Día de la MemoriaLa Cámpora
El kirchnerismo se declara en campaña para “romper la proscripción” al señalar que la condena le impide a Cristina Kirchner ser candidata. Al no estar firme el fallo ella puede ser candidata este año. En el entorno de la vicepresidenta sostienen que eso puede cambiar de un momento para otro si la Casación y la Corte decidieran acelerar los tiempos. Algo que la propia dinámica del caso empieza a desmentir.
La apelación de la fiscalía a la Casación contra la condena de Cristina Kirchner debe salvar un obstáculo procesal. El fiscal Diego Luciani pidió en el juicio oral y público que la vicepresidenta fuera condenada a 12 años de prisión, pero los jueces le impusieron una condena de seis años de cárcel.
El Código Procesal Penal establece en su artículo 458 que el fiscal puede recurrir la sentencia condenatoria “cuando se haya impuesto una pena privativa de libertad inferior a la mitad de la requerida”. En este caso es justo la mitad, no es inferior.
Si nos atenemos a la letra del Código Procesal, el recurso de Luciani deberá sortear este problema pero este artículo fue objeto de interpretaciones y se impuso la de la amplitud de revisión de las sentencias. Cuanto mas amplia sea la revisión mejor, porque además no solo se apela el monto de la pena, sino la calificación.
En numerosos precedentes, se entendió que esa norma limita la actuación del Ministerio Público Fiscal, dijeron jueces y fiscales. Además, lo que se apela no es solo la escala penal, sino en este caso que el fiscal pidió una condena por el delito de asociación ilícita y fraude, y el tribunal condenó sólo por fraude.
Asimismo, la fiscalía puede argumentar que hubo una situación de arbitrariedad por la cual fue rechazado su pedido de condena, por lo que al estar en juego las garantías los tribunales son amplios, ya que prefieren que su decisión sea objeto de la mayor revisión posible por parte de los tribunales superiores.
“Va derecho a la Casación”, se jugó un experimentado magistrado acostumbrado a tener que resolver la admisibilidad este tipo de recursos.
Las defensas tienen una limitación similar para apelar, si la condena es inferior a los 3 años de cárcel, pero este artículo del Código Procesal ya que fue declarado inconstitucional pues limita el derecho de defensa.
De este modo, los jueces de la Casación podrían tener el caso en sus manos para empezar a trabajar a mediados de año y no tendrán una decisión hasta el primer semestre de 2024, lo que abre el camino para ir a la Corte.Fte. Identidad Correntina