sábado 23 de noviembre de 2024 01:53:03

ALBERTO FERNÁNDEZ CONSIDERA QUE LOS INTEGRANTES DE LA CORTE DEBEN CONCURRIR A LA COMISIÓN DE JUICIO POLÍTICO, PESE A SU DERECHO DE PROCESAL DE DECLARAR POR ESCRITO

La perspectiva presidencial implica la posibilidad de abrir una escenario hostil a los magistrados del alto tribunal que quedarían en medio de un fuerte debate parlamentario protagonizado por los diputados del Frente de Todos y Juntos por el Cambio

Alberto Fernández considera que Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda deben concurrir a la Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados para ejercer su derecho de defensa, pese al artículo 250 del Código de Procedimientos Penal que habilita la declaración por escrito para “los miembros del Poder Judicial de la Nación y de las provincias”.

Los cuatro miembros de la Corte Suprema afirman que están en condiciones de probar su inocencia en cualquier estrado, pero no tienen intenciones de convertirse en un blanco móvil a merced de ciertos diputados kirchneristas que aguardan su oportunidad para transformar a la Comisión de Juicio Político en un circo romano.

Por eso, si no hay un cambio inesperado de posición, Rosatti, Rozenkrantz, Lorenzetti y Maqueda harán su descargo por escrito ante las acusaciones presentadas por la bancada oficialista.

La posición procesal de los integrantes del alto tribunal colisiona con la perspectiva de Alberto Fernández, que resta preeminencia jurídica al articulo 250 del Código de Procedimiento. Ese artículo 250, sancionado durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, sostiene:

“No estarán obligados a comparecer el presidente y vicepresidente de la Nación; los gobernadores y vicegobernadores de provincias; el jefe y vicejefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los ministros y legisladores nacionales y provinciales; los miembros del Poder Judicial de la Nación y de las provincias; los ministros diplomáticos y cónsules generales; los oficiales superiores de las fuerzas armadas desde el grado de coronel o su equivalente, en actividad; los altos dignatarios de la Iglesia y los rectores de las universidades oficiales”.

El presidente justifica su mirada legal en el artículo 12 del reglamento de la Comisión de Juicio Político de Diputados. Ese artículo 12 establece: “Los magistrados y funcionarios indicados en el artículo 250 del Código Procesal Penal, con excepción del presidente y vicepresidente de la Nación y los gobernadores y vicegobernadores de las provincias, estarán igualmente obligados a comparecer ante la Comisión a testimoniar”.

En los sistema judiciales modernos es imposible justificar que una regla administrativa tiene más peso legal que un artículo de un Código de Procedimientos. Existe un orden de prelación de las leyes, y no es posible modificarlo por la simple interpretación personal.

Sin embargo, Alberto Fernández argumentó en la intimidad de Balcarce 50 que el articulo 250 del Código de Procedimientos cede ante la indicación administrativa número 12 del reglamento de la Comisión de Juicio Político.

“Los miembros de la Corte pueden declarar por oficio en trámites judiciales, pero en el Congreso que los acusa y juzga solo pueden declarar personalmente. La Comisión de Juicio Político es una comisión disciplinaria, no es una comisión legislativa. Debe equiparse al Consejo de la Magistratura, y allí los jueces deben comparecer”, sostuvo el jefe de Estado ante su círculo más cercano.

Con todo, la interpretación del jefe de Estado también tiene un falla de puro procedimiento. El presidente se apoya en la regla 12 del reglamento de la Comisión de Juicio Político, pero en el caso de los cuatro jueces de la Corte se aplica la regla 13 de ese reglamento.

Rosatti, Rosenkrantz, Lorenzetti y Maqueda no están citados como testigos, sino como denunciados. Y para este caso puntual se aplica la regla 13, que ordena lo siguiente:

“Reunidas las actuaciones sumariales se citará al denunciado a fin de que, si así lo considera, informe a la Comisión, sobre los cargos formulados agregándose al expediente la versión taquigráfica de la declaración. También podrá el denunciado presentar un informe escrito, el que se agregará a lo actuado. La incomparecencia o inacción del denunciado no constituirá impedimento para la prosecución de las actuaciones”.

Es decir: no hay una sola posibilidad jurídica que permita colocar a los jueces de la Corte ante los diputados kirchneristas que integran la Comisión de Juicio Político.

El argumento jurídico de Alberto Fernández -basado en la regla 12 con omisión de la regla 13- tiene un exacto móvil político. El presidente embate a la Corte Suprema por motivos propios y para lograr el apoyo de Cristina Fernández de Kirchner, que lidera una cruzada personal contra los cuatro jueces del alto tribunal.

En este contexto, la presencia de Rosatti, Rosenkrantz, Lorenzetti y Maqueda en la comisión, o su negativa a concurrir aplicando el artículo 250 del Código de Procedimientos y la regla 13 del reglamento legislativo, le sirve al jefe de Estado y a los diputados kirchneristas para mantener vigente un discurso político vinculado a la presunta ausencia de justicia y a las relaciones de poder con el establishment.

Es el relato político, a comienzos de la campaña electoral, que Alberto Fernández busca consolidar para unir fuerzas en el Frente de Todos ante unos comicios presidenciales que implicarían la derrota del peronismo en las urnas.

Se trata de una estrategia proselitista que tiene una difícil puesta en práctica: CFK se mantiene en silencio y no moverá una sola pieza a favor del Presidente.

El plan del oficialismo es previsible. Forzar la presencia de los cuatro jueces en la Comisión de Juicio Político de Diputados, provocar un arduo debate con sus preguntas y después hacer un juicio mediático con la interpretación forzada de las respuestas ofrecidas por Rosatti, Rozenkrantz, Lorenzetti y Maqueda.

Desde esta perspectiva, aún no se entiende la posición estratégica de Juntos por el Cambio, que decidió participar en el debate que montarán los diputados kirchneristas en la Comisión de Juicio Político. Esa postura política validará la actuación del oficialismo y podría multiplicar la tensión alrededor de los jueces de la Corte.

Se trata de un movimiento erróneo. El kirchnerismo tiene mayoría en la comisión -16 miembros- y minoría en el recinto de sesiones. Eso significa que habrá dictamen contra los jueces de la Corte y no habrá acusación ante el Senado porque el oficialismo no tiene los votos en la Cámara Baja.

Pese a este cálculo parlamentario, si Juntos por el Cambio concurre a la Comisión, estará avalando un proceso parlamentario que se montará para dar comienzo a la campaña electoral y conceder un gesto partidario a CFK. Un modus operandi del oficialismo que podría incluir la comparencia forzosa de los cuatro miembros de la Corte. Fte.i