EL LUNES 13 REABREN LOS BANCOS PERO CON MUCHAS RESTRICCIONES NO HABRÀ ATENCIÒN POR VENTANILLA Y HABRÀ QUE SACAR TURNO POR INTERNET
El día de atención estará determinado por el último dígito del DNI del cliente o del CUIT, en caso de tratarse de personas jurídicas, de la siguiente forma: el lunes los terminados en 0 y 1; martes en 2 y 3; miércoles 4 y 5; jueves 6 y 7; y viernes 8 y 9
Los bancos volverán a abrir sus puertas para el público general, excepto la atención por ventanilla, a partir del próximo lunes 13 de abril y hasta el viernes 17, período en el que funcionarán con horario extendido y con un sistema de atención por turnos solicitados vía online.
La norma aplicará también a las empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra, así como los proveedores de servicios no financieros de crédito inscriptos la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias.
Según dispuso el Banco Central, los clientes podrán solicitar turnos para su atención en las páginas web de las entidades a partir del próximo miércoles y el comprobante servirá como permiso de circulación entre el domicilio y el banco al cual se dirija la persona.
La decisión fue adoptada hoy luego de una reunión de Directorio de la autoridad monetaria e informada a través de la comunicación “A” 6958 en la cual se estableció el cronograma de atención en las entidades bancarias.
El día de atención estará determinado por el último dígito del DNI del cliente o del CUIT, en caso de tratarse de personas jurídicas, de la siguiente forma: el lunes los terminados en 0 y 1; martes en 2 y 3; miércoles 4 y 5; jueves 6 y 7; y viernes 8 y 9.
Por otra parte, la atención de clientes jubilados y pensionados será conforme al cronograma que la ANSES o el correspondiente ente administrador establezca, de modo que no será necesaria la obtención de turno alguno.
Este último punto incluye a los beneficiarios de haberes previsionales y pensiones integrantes del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) así como de aquellos cuyo ente administrador corresponda a jurisdicciones provinciales o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En la misma comunicación el Central recordó a las entidades que «deberán continuar sujetándose a un estricto cumplimiento de las normas sanitarias para preservar la salud de los clientes y trabajadores bancarios y no bancarios» y les exigió garantizar «la provisión a los trabajadores de todo elemento sanitario y de limpieza para poder desarrollar su tarea y el cumplimiento de las distancias interpersonales».
Por último, las casas operadoras de cambio continuarán impedidos de abrir sus sucursales para la atención al público, pero podrán «operar en el mercado cambiario entre ellas, con entidades financieras y con clientes en forma remota”.