viernes 22 de noviembre de 2024 20:08:58

DIPUTADOS: FIRMARON DICTAMEN CON MODIFICACIONES Y SE TRATARÍA EL CAMBIO DEL RÉGIMEN JUBILATORIO DE JUECES Y DIPLOMÁTICOS PERO JUNTOS POR EL CAMBIO NO DARÍA QUÓRUM

El Frente de Todos cuenta con 118 diputados propios, sumados a Alma Sapag y los dos integrantes del Frente de Izquierda, Nicolás Del Caño y Romina Del Plá, quienes adelantaron que participarán de la sesión

Tras una extensa reunión plenaria de las comisiones de Presupuesto y de Previsión y Seguridad Social de la Cámara de Diputados, el Frente de Todos firmó el dictamen con acompañamiento parcial de dos diputados de la oposición: el misionero Diego Sartori (Unidad Federal para el Desarrollo) y el cordobés Paulo Cassinerio (Interbloque Federal).

Mientras avanzaba el plenario, el presidente de la Cámara baja, Sergio Massa, recibió a Negri, quien acompañado por sus pares Cristian Ritondo (Pro) y Maximiliano Ferraro (Coalición Cívica) pidió incorporar al proyecto una cláusula para evitar un “éxodo” de jueces que podrían retirarse con la ley actual generando un alto porcentaje de vacancias.

Sin embargo, las negociaciones resultaron infructuosas: tras una serie de llamadas telefónicas cruzadas, el jefe del bloque oficialista, Máximo Kirchner, comunicó a Negri que no aceptarían la propuesta. En consecuencia, Juntos por el Cambio firmó un dictamen de minoría, y tras una reunión posterior decidió no aportar al quórum en la sesión convocada para este jueves.

El Frente de Todos cuenta con 118 diputados propios, sumados a Alma Sapag y los dos integrantes del Frente de Izquierda, Nicolás Del Caño y Romina Del Plá, quienes adelantaron que participarán de la sesión. Ante la ausencia de Juntos por el Cambio, será clave el aporte de los interbloques de Eduardo “Bali” Bucca y José Luis Ramón para abrir el debate.

Por parte del Poder Ejecutivo, los encargados de defender el proyecto ante las comisiones fueron el ministro de Trabajo Claudio Moroni; el secretario de Seguridad Social Luis Goñi y el titular de la ANSES Alejandro Vanoli.Los cuestionamientos llegaron de parte del presidente de la Asociación de Magistrados Marcelo Gallo Tagle; y el titular del Consejo de la Magistratura Alberto Lugones.

Ante los funcionarios, los diputados Pablo Tonelli (Pro) y Luis Pastori (UCR) reclamaron explicitar en la letra de la ley que los jueces que hoy están en condiciones de jubilarse podrán hacerlo con el régimen actual en el futuro, si es que siguen ejerciendo funciones en el Poder Judicial. Se trata de 260 magistrados y funcionarios judiciales que iniciaron el trámite; más 237 que tienen el beneficio otorgado, pero suspendido, y ejercen el cargo.

Bulit Goñi, secretario de Seguridad Social, rechazó durante el debate la propuesta de los diputados, y si bien a lo largo de la tarde el oficialismo evaluó conceder esa cláusula, la respuesta final fue negativa. El Frente de Todos tampoco aceptó el pedido del sindicalista Julio Piumato -plasmado en un proyecto de José Luis Ramón- para incorporar a los trabajadores judiciales al régimen especial.

Por el contrario, el oficialismo sí aceptó otras modificaciones al texto. En primer lugar, se estableció que la edad jubilatoria de las mujeres del Poder Judicial se mantendrá en 60 años, es decir, no se llevará a 65 años. En el caso de los hombres, como indicaba la redacción original, la edad subirá de manera gradual, siendo de 60 años en 2020; 61 años en 2021; 62 años en 2022; 63 años en 2023; 64 años en 2024; y 65 años en 2025.

En tanto, se eliminó del proyecto el requisito que establecía que para acceder a la jubilación especial, los jueces debían haberse desempeñado como mínimo 20 años en el Poder Judicial o en el Ministerio Público.

Por otra parte, se aclaró que los beneficios otorgados a partir de la entrada en vigencia de la ley serán del 82% sobre el promedio de las últimas 120 remuneraciones “actualizadas al valor del salario correspondiente a cada categoría o cargo vigente al momento del cese”. El mismo criterio se aplicará para determinar la movilidad de los haberes.

Otra novedad es que, por un artículo incorporado, el trámite jubilatorio de jueces deberá iniciarse “como en cualquier otro régimen general” y no en el Poder Judicial. Por último, se eliminaron cuatro incisos del artículo 16 de la Ley 24.018, que permiten que los magistrados jubilados sean llamados a ocupar nuevamente sus puestos en casos de suspensión, licencia o vacancia.Fte. Parlamentario