jueves 21 de noviembre de 2024 19:11:59

JUSTICIA: ORDENAN AMPLIAR LA INTEGRACIÓN DE DIPUTADOS

Sin provocar un cisma a nivel político estableciendo en su fallo el número de representantes por distrito que debería haber en la Cámara baja, el máximo tribunal con competencia electoral ordenó que sea el Congreso el que se dé a sí mismo un marco normativo

La Justicia le tiró una brasa caliente a la política que forzará al Congreso a resolver contra reloj, antes de tener encima el calendario electoral de 2019. La Cámara Nacional Electoral (CNE) dio por saldado un debate que se remonta en la historia, referido a la representatividad en la composición de la Cámara de Diputados, lo que puede cambiar el escenario respecto a la cantidad de legisladores que compitan por cada provincia. Sin provocar un cisma a nivel político estableciendo en su fallo el número de representantes por distrito que debería haber en la Cámara baja, el máximo tribunal con competencia electoral ordenó que sea el Congreso el que se dé a sí mismo un marco normativo para saber quién gana y quién pierde. Todo ello teniendo en cuenta el último censo poblacional de 2010, que resuelve una mora en lo establecido por la Constitución Nacional. Hoy, la cantidad de diputados que acceden a sus bancas está basado en un parámetro de distribución de habitantes que tiene 38 años de antigüedad. Buenos Aires, Córdoba y Santa Fe podrían verse beneficiados, aunque es un interrogante cuál será el tono de la discusión política con el resto de los gobernadores para una nueva ley. Desde el Gobierno maldijeron el «timming» de la Justicia: justo cuando se apagan algunos ecos por los gastos de la política y en plena etapa de recortes.

La CNE con la firma de los jueces Alberto Dalla Vía y Santiago Corcuera- puso fin a una controversia arrastrada desde hace años con el incumplimiento del artículo 45 de la Constitución, que fijaba una movilidad en la representación de los Diputados de acuerdo a la cantidad de personas que habitaran cada provincia, para mantener una regla de equivalencia. Ese ajuste debe ser actualizado cada 10 años, acompañando los datos de los censos. El caso que se definió ayer se inició con la demanda de un ciudadano de Córdoba, que alegó que -por encontrarse desactualizada la cantidad de diputados que se eligen por distrito- el valor de su voto era inferior al de los ciudadanos de otras provincias, por ejemplo de la Capital Federal. Por los datos desactualizados, hacía faltan más votantes para elegir el número de representantes preestablecidos por provincia. Así, la CNE se remitió a la constitución para argumentar que después de cada censo era el Congreso, el que debía «fijar» la pauta de representación con datos de distribución ajustados.

Mientras que en el Senado los representantes son por provincia, en Diputados, su integración se funda en que «representantes elegidos directamente por el pueblo de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires, en una cantidad distribuida proporcionalmente al número de habitantes que tiene cada una de ellas». Los constituyentes «buscaban, pues, establecer una vinculación íntima y permanente entre representados y representantes, para que estos pudieran ser algo así como la Nación misma personificada en ellos», sentenció el fallo. Con este fin, la Constitución dispuso que luego de cada censo «el Congreso fijará la representación con arreglo al mismo, pudiendo aumentar pero no disminuir la base expresada por cada diputado». Así dio curso al reclamo porque esto no se cumple. La actual cantidad de legisladores está dada por el censo de 1980 lo que es considerado «anacrónico». Y además, es una «concreta obligación» del Congreso más allá de su deber de legislar, el ajustar su propia integración conforme transcurra el tiempo.

El fallo de la CNE no se involucra en cómo se deberá estructurar ese cambio: no fija ni un piso de representación ni indica una fórmula de resolución del conflicto. Tampoco se introduce en validar o no la denominada Ley Bignone, la cual instauró que existan tres diputados adicionales por provincia (más allá del cálculo demográfico), y un mínimo de 5 por distrito. Sin embargo, con los datos poblacionales más recientes (que deberán actualizarse en dos años), resaltan Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe y Entre Ríos como los que han resultado desfavorecidos en el reparto de bancas por la cantidad de gente que habita esas jurisdicciones. Son las que deberían aumentarlas en base a lo que discuta el Congreso.

Dalla Vía y Corcuera aclararon que la modificación «no necesariamente habría de variar en mucho» el número de diputados actuales. «El Congreso podría elevar la base de cálculo, lo que denota lo innecesario de la modificación en la partida presupuestaria correspondiente para solventar el gasto que implicaría la puesta en función de los eventuales nuevos cargos», enfatizaron. La apostilla no fue menor: hicieron alusión a que el tribunal «no es ajeno a las dificultades económicas que circundan la realidad de nuestro país», por lo que subrayaron la ausencia de riesgos presupuestarios en lo que habían decidido. El Ejecutivo había reculado «agrandar» Diputados en 2016, ante el factor PJ, en el paquete de la naufragada reforma electoral. La batalla que comienza ahora será que ninguna provincia reste pero que la adición de bancas tampoco genere un «ruido» que la política no pueda capitalizar.Fte. Ámbito