SUPERMERCADOS Y COMERCIOS PODRÁN CONTAR CON CAJEROS AUTOMÁTICOS
Eso sí, en comercios donde se instalen cajeros propios, serán ellos mismos quienes podrán recargar la terminal con su propia recaudación e, incluso, estarán habilitados a cobrar un recargo por su utilización
El BCRA, modificó la norma que autoriza la instalación de terminales por parte de otro tipo de empresas como supermercados, estaciones de servicio y otro tipo de comercios, para que puedan operar en igualdad de condiciones.
A través de la Comunicación A 6483, el banco Central estableció específicamente que las entidades financieras, por sí mismas o a través de las redes que procesan los pagos, deberán interconectar los cajeros automáticos de empresas no financieras a las cuentas y tarjetas de débito de sus clientes. Y debe hacerse esto con exactamente las mismas condiciones conocidas hasta el momento.
El objetivo del Central es “fomentar la aparición de cajeros independientes respecto a las redes actualmente existentes como son Banelco y Link”. «En los casos en que empresas no financieras operen sus propios cajeros automáticos y designen a una entidad financiera como administradora”, ésta deberá “representar a dicha empresa ante la cámara electrónica de compensación que corresponda” y “asumir la responsabilidad del cumplimento por parte de la empresa no financiera de las obligaciones establecidas para interactuar con la red de cajeros automáticos”.
Mediante un comunicado, el Banco Central amplió: «Si bien ya existen cajeros automáticos operados por bancos fuera de las sucursales bancarias, a través de esta medida el BCRA impulsa la instalación de cajeros en cadenas comerciales o en cualquier otro espacio público por parte de entidades no financieras, con el objeto de facilitar el acceso del público a la extracción de efectivo y a la realización de transferencias, pagos y otras operaciones por vía electrónica, en cumplimiento de sus objetivos de inclusión financiera y desarrollo del sistema en un marco de competencia”.
Eso sí, en comercios donde se instalen cajeros propios, serán ellos mismos quienes podrán recargar la terminal con su propia recaudación e, incluso, estarán habilitados a cobrar un recargo por su utilización, siempre y cuando detallen los costos previamente.