Un caso de ensañamiento feroz y despiadado
La noticia llamó poderosamente la atención en el sur de nuestro país. Dos compañeros de trabajo, con apariencia de buena relación, protagonizaron un escenario de sangre, curioso y raro para la criminología mundial.
La buena relación sólo era una apariencia, se odiaban profundamente mutuamente. De tal modo que se convocaron en las oficinas donde trabajan, a solas y después del horario laboral. El motivo del encuentra era un reto a duelo, sin guantes de boxeo, pero para boxear al fin.
Los hombres concurrieron a la sita, con al promesa de no llevar armas, y valerse sólo con sus puños.
Así se presentó la situación, hasta que uno de ellos traicionó lo pactado. Extrajo un arma de fuego de su bolsillo, sentó a su rival en una silla de metal, lo ató con alambre y comenzó a cortarlo con una hoja de afeitar, de apoco, para que sufrimiento sea abundante.
El ensañamiento es uno de los modos de ejecución que el Código penal tipifica para calificar el homicidio.
En reglas generales el ensañamiento tiene lugar cuando el sujeto aumenta deliberadamente el sufrimiento de la víctima sin que tal situación sea necesaria para producir la muerte.
En otras palabras es el prolongado padecimiento de la víctima con el propósito de satisfacer una tendencia sádica por parte del homicida.
En este sentido puede entenderse que desde el punto de vista subjetivo el enseñamiento constituye un fin distinto de quitar la vida.
Significa un aumento inhumano del dolor de de la víctima.
Es la manera más cruel que pude imaginarse para dar muerte a una persona.
Concreta y objetivamente es indispensable que la agonía y el sufrimiento cruel sean para el sujeto pasivo un sufrimiento o padecimiento extraordinario. Al mismo tiempo ello puede estar dado por el tremendo dolor provocado y bien por la innecesaria prolongación del mismo.
El accionar del sujeto activo debe estar dirigida pura exclusivamente a matar, de modo tal que haga sufrir a la víctima de una manera innecesaria para darle muerte. Es decir que no alcanza sólo la voluntad de matar, sino que se le debe sumar la crueldad propia del ensañamiento.
La gran cantidad de heridas en el cuerpo de la víctima no constituyen por sí el elemento determinante, en la existencia del ensañamiento, pues es necesario comprobar que la repetición de las lesiones respondió a la intención deliberada de aumentar el sufrimiento, sabiendo el agente que tal situación no era indispensable para consumar el homicidio.
Es por demás claro que como se trata de un homicidio, es decir de la muerte de una persona por otra, las conductas que denotan el ensañamiento deben necesariamente haberse producido antes de la muerte. Es por ello que no constituye ensañamiento alguno se los hechos se tienen lugar posteriormente a la muerte.
Por otra parte, es importante reparar en el aspecto cronológico de la acción delictiva pues si la conducta del sujeto se llevó a cabo de una forma rápida y tormentosa, sería muy poco factible que esté presente el ensañamiento, pues para ello se requiere la concentración y paciencia suficiente motivada por el deseo de ver sufrir a la víctima.
Para la existencia del ensañamiento es indispensable que el sujeto haya decidido dar muerte desde el inicio de las lesiones que produce a la víctima.
El sujeto debe tener conocimiento del innecesario sufrimiento de la víctima, y además de ello debe saber que con las lesiones ocasionadas en el primer momento, el damnificado no habría de morir, sino sufrir.
Para destacar los elementos analíticos del ensañamiento podemos hacerlo de la siguiente manera: La muerte misma.
Que la misma sea innecesariamente dolorosa y cruel. La intención definida de matar. El ánimo de causa aquel sufrimiento inútil para ese fin. La elección de la forma de una manera deliberada.
HUGO LOPEZ CARRIBERO
Abogado penalista