viernes 19 de abril de 2024 18:28:31

ECONOMIA: El grupo musical Las Palmeras para saldar una deuda cantarán a beneficio

Los Palmeras seguirán tocando… y tres de los próximos shows que realicen serán a beneficio de entidades públicas. Ese fue el resultado de la audiencia que suspendió el juicio penal por la causa que investigó a los bailanteros por evasión fiscal durante los períodos 2008 y 2009.

La deuda de Los Palmeras Producciones SRL con la Afip fue de 271.531 pesos en el período 2008 (con relación al IVA) y de 234.956 pesos el año siguiente (con relación al impuesto a las ganancias). Según fuentes del organismo recaudador, el grupo ya adhirió a un plan de pago en cuotas y la deuda estaría prácticamente saldada.

Sin embargo, en forma paralela, continuaba la investigación penal tributaria, a cargo del juez federal Nº 2, Francisco Miño, que la elevó a juicio en febrero. El 22 de marzo, el presidente del Tribunal Oral Federal de Santa Fe, José María Escobar Cello, citó a las partes y el defensor de Rubén Deicas y Marcos Caminos, Guillermo Zenklusen, presentó la propuesta de realizar los espectáculos públicos y de donar lo recaudado como reparación del daño.

Sin reconocer la autoría

La suspensión del juicio a prueba es un beneficio contemplado en el artículo 76 bis del Código Procesal Penal. El imputado lo puede solicitar si el máximo de la pena de reclusión o prisión aplicable no excediese de tres años pero, es importante aclarar, que de ninguna manera implica reconocer la autoría del delito.

Según el cronograma presentado por la defensa de Los Palmeras Producciones SRL, el esquema de los shows sería el siguiente: el 23 de septiembre tocarían en beneficio de la asociación cooperadora del hospital Mira y López, sería gratuito y sólo para los pacientes, sus familiares y el personal del nosocomio; el 15 de octubre se realizaría el segundo concierto en el Centro Cultural ATE Casa España, y en este caso las ganancias de la venta de entradas sería destinada a la Fundación Mateo Esquivo; y finalmente, el último show a beneficio sería el 12 de noviembre, y las ganancias serán destinadas a la Asociación Civil Sprai del hospital Vera Candioti.

Normalmente, la suspensión del juicio a prueba determina el plazo de un año para cumplir con la reparación del daño ofrecida y con otras reglas de conductas fijadas por el Tribunal. Si Los Palmeras cumplen con todo, se extinguiría la acción penal.

La investigación

La investigación comenzó en octubre del 2008, cuando la Afip Regional Santa Fe realizó la denuncia penal por evasión ante el Juzgado Federal Nº 2 de esta ciudad contra Los Palmeras Producciones SRL, cuyos socios son Marcos Camino y Rubén Deicas.

La denuncia penal fue presentada por la DGI el 17 de octubre de 2008, como consecuencia de una hipótesis de evasión fiscal. Tras la presentación formal, el juez federal ordenó una serie de allanamientos en oficinas de la productora donde se secuestraron documentos de interés para la causa.

En aquel momento, se hablaba de una deuda de casi 4 millones de pesos. Sin embargo, el grupo de música tropical adhirió a la ley de blanqueo Nº 26.476 (Régimen de Regularización Tributaria) y realizaron un plan de pago por deudas anteriores al 2008, por lo que los montos investigados en esta causa son de 271.531 pesos en el período 2008 y de 234.956 pesos en el período 2009.

Durante el 2009, la Afip Regional Santa Fe inició más de 70 causas, en su mayoría por evasión simple. En pocos meses, más de 15 por ciento de ellas llegaron al Tribunal Oral de Santa Fe y fueron resueltas en juicios abreviados. En este sentido, el titular regional de la Afip Santa Fe, contador Carlos Vaudagna, explicó que cuando se detecta una evasión “la primera medida que adopta la Afip es realizar una notificación de inicio de inspección. Se revisan papeles de trabajo y actas y una vez que se llega a conclusión, se pone a consideración del contribuyente para darle la posibilidad de que rectifique voluntariamente sus declaraciones juradas y evite sanciones más gravosas”.

Y agregó: “Pero si no presenta las rectificaciones, comienza un proceso de oficio, en el cual interviene un juez que escucha a ambas partes y determina cuál es la verdad de la materia imponible y la obligación tributaria que surge. Si el contribuyente aún continúa en disidencia, tiene la posibilidad de recurrir al Tribunal Fiscal de la Nación. De todas maneras, lo más recomendable es evitar el proceso penal. Si se accede a una plan de pago –por más que el caso encuadre en las condiciones de punibilidad– se suspende el proceso penal”.