JUSTICIA: Se ordenaron servicios mínimos en el Borda
La jueza Andrea Danas, titular del juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 9 del Poder Judicial de la Ciudad, resolvió que el Gobierno de la Ciudad deberá “mantener el Servicio 14-22” del Hospital Borda.
En un plazo de diez días deberá informar “qué sector del hospital se asignará para atender a los pacientes adictos y, eventualmente, de ser necesario, estimar el plazo que demandarán las reparaciones pertinentes”. Hasta que esto ocurra, el hospital tendrá que “garantizar la atención de los pacientes que ya existían en ese Servicio, como la de todos los que demanden, en lo sucesivo, igual atención”.
En el fallo, la magistrada determinó que el Gobierno de la Ciudad incumplió la medida cautelar dictada el 6 de octubre de 2010. La misma, iniciada por la Asesoría Tutelar Nº1 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, obligaba a arbitrar las medidas necesarias para mejorar las condiciones de habitabilidad y seguridad del Servicio 14-22, donde actualmente se asiste alrededor de 15 pacientes.
En aquel momento el Gobierno no apeló la medida cautelar. No obstante, en lugar de presentar un plan de obras para mejorar las condiciones de atención, decidió trasladar a los pacientes a otros sectores del hospital, sin asignarles un sector específico para su adecuado tratamiento. Luego del reconocimiento judicial realizado el último 29 de marzo en el hospital, la magistrada consideró en su fallo que esa disposición no conduce a una mejora del Servicio sino al desmantelamiento del mismo. Por Luis Sangiorgio