viernes 29 de marzo de 2024 08:16:47

LA CÁMARA FEDERAL ANULO LA DECISIÓN DEL JUEZ FEDERAL ELECTORAL

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La Cámara expresó que “la boleta no es un instrumento al servicio del partido, es la posibilidad física para que se exprese el ciudadano, en tanto constituye el elemento mediante el cual se exterioriza la voluntad del elector”

0013074873La decisión de la Cámara Nacional Electoral fue comunicada luego de que distintas fuerzas de la oposición y hasta el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, hicieran conocer sus protestas por el límite de 25 boletas por partido con cada urna que el juez Laureano Durán había impuesto a los partidos en la provincia de Buenos Aires.

Hace 10 días, el cuestionado magistrado, que se encuentra al frente del juzgado electoral bonaerense como subrogante, emitió una resolución para poner ese tope a la cantidad de boletas que los partidos podían colocar dentro de cada urna “por cuestiones de espacio”.

La medida les fue comunicada a los apoderados casi una semana después. En cuanto la conocieron, elevaron sus quejas: si las boletas se terminaban o eran robadas, sería necesario tener un fiscal en cada mesa para reponerlas. Si no lo tenían, el partido quedaría sin representación en el cuarto oscuro. La izquierda y el GEN hicieron planteos ante la Justicia.

La Cámara expresó que “la boleta no es un instrumento al servicio del partido, es la posibilidad física para que se exprese el ciudadano, en tanto constituye el elemento mediante el cual se exterioriza la voluntad del elector”.

De acuerdo a un comunicado, el tribunal “exhortó al Poder Ejecutivo Nacional, a través de la Dirección Nacional Electoral del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, –en atención al cúmulo de tareas que debe afrontar el juzgado federal con competencia electoral en el distrito Buenos Aires para la realización de las elecciones primarias del corriente año-, que provea los medios necesarios de orden logístico y material a fin de que el Servicio Electoral del Correo realice la distribución de las boletas suministradas por las agrupaciones políticas, de acuerdo al cronograma establecido por el juez de primera instancia”.

Los jueces hicieron “saber a las agrupaciones políticas que resultará indispensable, que se cuente con fiscales de mesa o generales en los locales de votación en los términos del Código Electoral para reponer las boletas, sin perjuicio de las previsiones de contingencia a cargo de los delegados”.

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